C/ BÁRBARA JAZMÍN ANDAUR SANDOVAL
Rol
O-191-2023
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
LESIONES MENOS GRAVES., ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
hechos precedentemente descritos son constitutivos de un delito de robo calificado y de un delito de robo con intimidación, ilícitos previstos y sancionados en los artículos 433 N°3, 436 inciso primero del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, ambos en grado de desarrollo de consumado, correspondiéndole a la acusada participación en calidad de autora, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que tomó parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. En relación con las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, sostuvo que no concurren, por lo que solicitó se la condene a la pena de quince (15) años de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo calificado y por el delito de robo con intimidación la pena de ocho (8) años de presidio mayor en su grado mínimo, además de las accesorias legales descritas en el artículo 28 del Código Penal, el comiso de los instrumentos y efectos del delito, las costas de la causa y el registro de la huella genética de la acusada. Código: JDDDXLSQJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 SEGUNDO: Alegaciones de apertura de los intervinientes. Al inicio el Ministerio Público afirmó que cuenta con funcionarios de la policía de investigaciones que observaron uno de estos hechos y practicaron la detención de la acusada, quienes darán cuenta de lo que vieron, a quienes tomaron detenidos y con quién se entrevistaron, por lo que la prueba será suficiente, independiente a que no cuente con la declaración de la víctima Jonathan Guerrero cuya declaración será salvada por los funcionarios de la policía de investigaciones y el médico que lo extendió en el hospital respectivo, por lo que pidió condena. Por su parte, la Defensa expuso que solicitará la absolución de su representada por ambos ilícitos por falta de acreditación de los hechos puesto que la versión de su representada -que
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, los días veinticinco y veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, en este Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en Sala integrada por las magistrados Claudia Galán Villegas, quien presidió, Tatiana Escobar Meza y Paulina Rosales González, se efectuó el juicio oral Rol Interno N°191-2023, seguido en contra de Bárbara Jazmín Andaur Sandoval, cédula de identidad número 15.427.694-7, natural de Santiago, nacida el 21 de abril de 1982, de actuales 40 años de edad, casada, comerciante ambulante, domiciliada en Calle Los Copihues Nº 6212, Villa Jardines de Lo Prado, de la comuna de Lo Prado; actualmente privada de libertad con ocasión de esta causa. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta Nancy Orellana Díaz, por su parte, la defensa de la acusada estuvo a cargo de la defensora penal pública Elisa Silva Ubilla; intervinientes con domicilio y forma de notificación ya registradas en este Tribunal. PRIMERO: Acusación. La imputación efectuada por el acusador estatal fue del siguiente tenor: “El día 08 de Enero de 2022, poco después de las 08 horas, en calle Avenida San Pablo al llegar a calle Las Acacias, Comuna de Lo Prado, la acusada BÁRBARA JAZMÍN ANDAUR SANDOVAL, acompañada del condenado en esta causa IGNACIO ISAÍAS HERRERA MARCHANT y de otros sujetos desconocidos, agredieron con armas blanca, objetos contundentes, además de golpes de pies y puños, a la víctima JONATHAN ANDRÉS GUERRERO SANMIGUEL, quien resultó con herida en cuero cabelludo, de superficie irregular con hematoma perilesional, parieto occipital, además de 03 heridas lineales de aproximadamente 2 a 3 mm. en cuello a la altura de c Código: JDDDXLSQJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 7 aproximadamente en el dorso a la altura de t 10 aproximadamente y parrilla costal izquierda a la altura de t 8, múltiples equimosis y excoriaciones superficiales en tronco, mayormente en dorso y área lumbar, lesiones de carácter grave según DAU del Hospital San Juan de Dios, con la finalidad de sustraer las siguientes especies, un bolso marca Totto, un celular marca Motorola modelo G8 color azul, unos audífonos marca Sony color blanco y una billetera de cuero color café. En un momento la imputada BÁRBARA ANDAÚR SANDOVAL, junto otros 02 de los sujetos desconocidos que la acompañaban, abordaron a la víctima TESTIGO DOMICILIO RESERVADO, mientras caminaba por el lugar, a quien la imputada amenazó de agresión con un arma blanca, exigiéndole esta y los 02 sujetos que la acompañaban la entrega del celular que llevaba en una de sus manos, manifestándole "entrega el celular o te vamos a matar", sustrayéndole el teléfono celular marca Motorola, modelo G9, color negro, carcasa color rosado, luego de lo cual corrieron alejándose de la víctima”. Precisó que los hechos precedentemente descritos son constitutivos de un delito de robo calificado y de un delito de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nº 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 30, 31, 50, 51, y 399 del Código Penal; 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325, 326, 328, 333, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; y demás leyes citadas, se declara que: I.- Se absuelve a Bárbara Jazmín Andaur Sandoval, ya individualizada, de los cargos formulados en su contra en calidad de autora de un delito de robo con intimidación, supuestamente cometido en la comuna de Lo Prado, el día 8 de enero de 2022, en perjuicio de Testigo Domicilio Reservado. II.- Se condena a Bárbara Jazmín Andaur Sandoval, ya individualizada, a cumplir la pena de 300 (trescientos) días de presidio menor en su grado mínimo y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en tanto autora del delito de lesiones menos graves cometido el 8 de enero de 2022 en la comuna de Lo Prado, en perjuicio de Jonathan Guerrero San Miguel. Código: JDDDXLSQJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 26 III.- La pena corporal anteriormente impuesta, se tiene por cumplida, atendido el mayor tiempo que la condenada permaneció privada de libertad por esta causa, desde que conforme a lo certificado por el Ministro de Fe de este Tribunal, Andaur Sandoval, estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva desde el 8 de enero de 2022 al 26 de enero de 2024, por un total de 688 (seiscientos o
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1 PODER JUDICIAL PRIMER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO C/ : BÁRBARA JAZMÍN ANDAUR SANDOVAL DELITO : ROBO CON VIOLENCIA CALIFICADO Y ROBO CON INTIMIDACIÓN. RIT : 191-2023 RUC : 2200025239-9 _________________________________________________________/ Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que, los días veinticinco y
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