FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./MONTOYA
Rol
C-2124-2019
Fecha
18 de enero de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 17 de enero de 2019, y posteriormente rectificada a folio 23, comparece Esteban Garc a Nadal, con domicilio ení calle La Bolsa N 81, piso 6, comuna y ciudad de Santiago, mandatario° judicial en representaci n convencional de ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. empresa bancaria del giro de su denominaci n,ó representada por Mauricio Alejandro Fuenzalida Espinoza, ingeniero comercial, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, piso 3,° comuna de Las Condes, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de AARON ISAIL MONTOYA VILLANUEVA, ignora profesi n u oficio, ó domiciliado en Avenida Juanita N 0895, comuna de° Puente Alto, Regi n Metropolitana. ó Funda su pretensi n en el hecho de ser su representada due a deló ñ Pagar N 929997, suscrito por el demandado, con fecha 08 de abril deé ° 2016, por la cantidad de $10.098.936.-, pagadero, en 48 cuotas iguales mensuales y sucesivas $332.031.-, con vencimiento la primera de ellas el d aí 15 de mayo de 2016, y las restantes los d as 15 de los meses siguientes.í Hace presente que se estipularon intereses y cl usula de aceleraci n. á ó Indica que llegado el vencimiento de la cuota N 29 con vencimiento° el d a 15 de septiembre de 2018, esta no fue pagada por el deudor, comoí as ninguna de las posteriores, raz n por la viene en hacer exigible porí ó medio de la demanda el total adeudado, lo que a la fecha alcanza la suma de $5.198.247.- suma que demanda m s intereses y costas.á C-2124-2019 Foja: 1 A folio 52, el ejecutado con fecha con fecha 24 de diciembre de 2020, comparece oponiendo la excepci n del art culo 464 N 17 del C digoó í ° ó de Procedimiento Civil, esto es la prescripci n.ó Funda su defensa en que entre la fecha de mora del deudor, que provoc la aceleraci n del cr dito, y la fecha de notificaci n de la demandaó ó é ó trascurri el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva, en consecuencia seó ó ó encuentra prescrita la acci n ejecutiva ó establecida en el art culo 98 de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. interpone demanda ejecutiva en contra de AARON ISAIL MONTOYA VILLANUEVA,, seg n fuere anteriormente expuesto. ú SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso la excepci n del art culoó í 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, conforme fuere anotado° ó previamente. TERCERO: Que, en consecuencia, la debida decisi n del asuntoó pasa por corroborar si concurren los presupuestos f cticos de procedenciaá de la excepci n intentada, esto es, los requisitos legales para hacer lugar a laó prescripci n extintiva de la acci n.ó ó CUARTO: Que, en cuanto a la excepci n opuesta, ó debe tenerse presente lo establecido en el art culo 2514 del C digo Civil, el cual disponeí ó que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible . ” Atendido que la ejecuci n versa sobre un pagar dichaó é norma debe relacionarse necesariamente con aquella contenida en el art culo 98 de la Ley N 18.092, la cual a la letra indica í º “El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra los obligados aló pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documentoñ í . ” Del examen del t tulo de autos allegado por la demandante a folio 3í – del expediente electr nico-, se aprecia Pagar en pesos, sin obligaci n deó é ó protesto N 929997, suscrito por el ejecutado por la suma de $10.098.936.-° pesos, a favor de Forum Servicios Financieros, y que su importe fue parcializado en 48 cuotas, siendo la primera de ellas fijada con vencimiento para el d a 15 de mayo de 2016, y las restantes los d as 15 de cada mes, yí í que la mora tuvo lugar con el incumplimiento de la cuota N 29 con° vencimiento al 15 de septiembre de 2018, encontr ndose en mora desdeá dicha fecha. Sentado lo anterior, el hecho catalizador para la aceleraci n de laó deuda es la mora del deudor y debemos analizar si, desde esa fecha ha C-2124-2019 Foja: 1 transcurrido sin interrupci n o suspensi n el plazo de consumaci nó ó ó establecido para el instrumento cambiario sublite. QUINTO: Que, de lo que se viene relacionando, cabe precisar que el pagar que sirve de sustento a la presente acci n, era uno pagadero ené ó cuotas, de las cuales, siendo un hecho pac fico, no se cancel desde la cuotaí ó N 29 que venc a el d a 15 de septiembre de 2018, adem s de hacer° í í á presente que el pagar en comento contiene una cl usula de aceleraci n,é á ó que el ejecutante opt por ella, la que como sabemos, tiene como efectoó devengar todas las cuotas pendientes a la fecha del vencimiento de la primera de las cuotas adeudadas, para que stas sean consideradas como deé plazo vencido, y faculta al acreedor de solicitar el total de la acreencia de que da cuenta el pagar .é La Excelent sima Corte Suprema ha estimado que la cl usula deí á aceleraci n por su terminolog a y naturaleza jur
Fallo
POR TANTO, visto lo dispuesto en el art culo 1698, 2492, 2514 yí siguientes del C digo Civil, 139, 140, 170, 434, 438, 459 y siguientes, 464ó N 17, 465, 466 y 471 del C digo de Procedimiento Civil y la° ó reglamentaci n pertinente de la Ley N 18.092, se resuelve:ó ° I.- Que, SE ACOGE la excepci n del N 17 del art culo 464 deló ° í C digo del Ramo en forma ntegra, poni ndose t rmino a la ejecuci n.ó í é é ó II.- Que, cada parte soportar sus costas.á Reg strese y notif quese.í í C-2124-2019 Pronunciada por do a ñ MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Enero de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-01-18T08:46:05-0300
Texto Completo (Preview)
C-2124-2019 Foja: 1 FOLIO: 58 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2124-2019 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./MONTOYA Santiago, dieciocho de Enero de dos mil veintiuno VISTO: A folio 1, con fecha 17 de enero de 2019, y posteriormente rectificada a folio 23, comparece Esteban Garc a Nadal, con domicilio ení calle La Bolsa N 81, pis
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