MP C/ OSVALDO JESÚS PAIVA MARÍN
Rol
O-6901-2022
Fecha
26 de enero de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N°9 del Código Penal vía artículo 407 del Código Procesal Penal, 449 bis del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: El día 02 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 16.00 horas, con la autorización de sus ocupantes OSVALDO JESÚS PAIVA MARÍN, RICARDO ANTONIO TORRES QUISTO y VALERIA DEL CARMEN RIVAS CAMPOS, Funcionarios policiales ingresaron al domicilio ubicado en Obispo Larraín 170 de la comuna de Rancagua, encontrando al interior del inmueble, dos cuerpos de andamios, un compresor, una manguera de presión, una pistola de pintura, dos banquillos de aluminio, dos bandejas de andamios, dos overol de color azul sin marca talla L, un napoleón de color Naranjo, un tarro de pintura marca Metalcolor, un caimán metálico, dos palas, una cinta cenefa de peligro, un saco de color blanco en cuyo interior mantenía tornillos, bolillas y otras especies menores, especies de la víctima de iniciales J.M.N.R, sustraídas el 1 de septiembre del 2022, según da cuenta Parte Denuncia N° 6905, de la Primera Comisaria de Rancagua, así como también un automóvil color gris, marca Kia modelo Pride, con las mismas características del auto en que se desplazaban las personas que cometieron el robo de las especies encontradas. Los imputados no entregaron justificación alguna de la adquisición, porte y tenencia de las especies robadas, no pudiendo justificar por qué la mantenían en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de las mismas. Sentencia: Rancagua, veintiséis de enero de dos mil veinticuatro.- Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15 N°1, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 456 bis A
Fallo
se declara: Código: HLTZXLGFXZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl I.- Que se CONDENA A OSVALDO JESÚS PAIVA MARÍN, ya individualizado, como autor de un ilícito de RECEPTACIÓN DE ESPECIES PROVENIENTES DE UN ILÍCITO DE ROBO, del artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido el día 02 de septiembre de 2022 en esta ciudad, a sufrir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y sin costas de la causa. II.- Que la pena de multa se da por cumplida por el tiempo que el imputado ha estado sujeto a detención en estos antecedentes, haciendo la conversión de regulación de un día de reclusión por 1/3 de unidad tributaria mensual. III.- Que para el cumplimiento de la pena sesenta y un días, se concede la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, en razón de 40 horas de trabajo comunitario por cada 30 días de privación de libertad, la que en todo caso no podrá extender por más de 8 horas diarias, en total 81 horas de prestación de servicio en beneficio de la comunidad. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Pen
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veintiséis de enero de dos mil veinticuatro Ruc: 2200864271-4 Rit: 6901 - 2022 Hora Inicio: 12.10 Hora Término: 12.27 Juez: Mauricio Voltaire Silva Vásquez Audiencia: Control de detención Delito: Receptación. Art. 456 Bis A. Imputado: Osvaldo Jes
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