7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PÚBLICO C/ SUYISLAN SUHEY VENEGAS VILLALÓN

Rol

O-295-2023

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expresados en el auto de apertura bajo el siguiente tenor: “El día 5 de diciembre de 2022, alrededor de las 12:50 horas, la acusada SUYISLAN SUJEY VENEGAS VILLALON, fue sometida a un control mientras mantenía en posesión del vehículo que portaba la PPU KLKB- 85, marca Volkswagen, color blanco, mientras circulaba al interior del estacionamiento del Mall Florida Center ubicado en avenida Vicuña Mackenna N°6100, comuna de La Florida. Al momento del control policial, funcionarios de Carabineros lograron evidenciar que la patente no mantenía sus sellos holográficos, y que la patente había sido intervenida con pintura negra, logrando verificar que en realidad se trataba de la PPU (bajo reserva), el cual había sido sustraído mediante el delito de robo con intimidación y que mantenía encargo vigente SEBV_202211_4924, conociendo la imputada o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo que mantenía en su poder.” II.- Para sustentar la acusación se rindió prueba testimonial, documental y otros medios, que en lo conducente refirió; Testigos, Sr. Zapata y Sr. Roa, funcionarios policiales, indicaron que en razón de un control vehicular en el lugar, observaron que la patente del automóvil que fiscalizaron, estaba adulterada, constatando de la revisión del móvil, que dicha placa no correspondía a la original del mismo, el cual tenía encargo por robo. El vehículo era conducido por un hombre -Rony Ecusquiza- y la acusada estaba de copiloto, manifestándoles que lo exhibía al conductor, por encargo de un tercero, quienes habían negociado una compraventa. El Sr. Ecusquiza, les Código: XXMVXLTRVYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl expresó que efectivamente había negociado su compra, con un sujeto a través de facebook y lo estaba probando. Testigo Sr. Ecusquiza, conductor de vehículo. Expresó que lo conducía ya que lo estaba probando, puesto que había negociado la compraventa por $8.500.000, a tr

Fundamentos

considerando que tuvo motivo plausible para litigar.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 50, 456 bis A y demás pertinentes del Código Penal; artículos 259, 281, 295, 296, 297, 323, 325, 326, 339, 340, 342, 343, 347, y demás pertinentes del Código Procesal Penal; artículo 192 y pertinentes de la ley de tránsito; Se resolvió: I.- Absolver a SUYISLAN SUJEY VENEGAS VILLALON, debidamente individualizada en juicio y al inicio del fallo, de los cargos imputados por el Ministerio Público como autor del delito consumado, de Conducción a sabiendas con placa patente falsa (192 de la ley de tránsito) y Receptación de vehículo motorizado -456 bis A del Código penal- ordenándose el alzamiento de todas las medidas cautelares que pesaren sobre ella en razón de esta causa, debiendo tomarse nota en todo registro público o policial en que figuraren. Lo que se comunicó en audiencia respectiva. II.- Sin costas para el Ministerio Público. III.- Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 18.556, modificado por la Ley 20.568, oficiándose al efecto al Servicio Electoral. IV- Devuélvanse los documentos y otros medios de prueba a la parte que los presentó, bajo recibo; y, ejecutoriada la sentencia, archívese si procediere. Sentencia dictada por el Séptimo Tribunal Oral Penal de Santiago, en sala integrada por los jueces, Sra. Olga Ortega que la presidió, Sr. José María Toledo y Sra. Marcela Erazo que redactó la sentencia. Código: XXMVXLTRVYM Este documento tiene firma

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Séptimo Tribunal Oral Penal de Santiago. Ministerio Público c/ SUYISLAN SUHEY VENEGAS VILLALON. Sentencia absolutoria. Conducción de vehículo con patente falsa y receptación. RIT: - . RUC: - . Santiago veintiocho de enero de dos mil veinticuatro. PRIMERO. Partes y tribunal. El 23 de enero de 2024, se constituyó el tribunal, en sala integrada por los jueces Ortega, Toledo y Erazo, con el obj

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