Juzgado de Garantía de Quilpué.

JAIME EDUARDO SOTOMAYOR CRUZ C/ KEVIN ALEXIS MITCHELL MENA

Rol

O-3149-2022

Fecha

29 de enero de 2024

Materia

INFRACCION ARTICULO 454 C.PENAL., RECEPTACION COMETIDA POR PERSONA JURÍDICA ART. 456 BIS A

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: El día 29 de marzo del año 2020, aproximadamente a las 22:38 horas, el requerido KEVIN ALEXIS MITCHELL MENA fue sorprendido por funcionarios de carabineros en la intersección de avenida Los Carrera esquina calle Tres de la comuna de Quilpué, manteniendo en su poder el vehículo PPU FLFY-43, marca Mazda, modelo 3, color gris, en cuyo interior guardaba una mochila de color gris con rojo, la cual contenía un martillo, un combo, 4 desatornilladores, un par de guantes de color negros, 3 fierros de tipo cincel, una tijera corta latas de color amarillo en su mango, instrumentos todos conocidamente destinadas a cometer delitos de robo. Además, se encontró en poder del imputado y dentro del vehículo ya individualizado en la parte de la cabina del mismo, las siguientes mercaderías: 08 paquetes de pañales marca Huggies, talla XXG, 20 tarros de lomitos de atún en aceite marca San José y 07 tarros de atún al natural, marca San José; todas especies que previamente habían sido sustraídas desde el interior de la empresa Comercial Azoluc Ltda. ubicada en Quilpué, por sujetos desconocidos, quienes rompieron los candados de los accesos, para acceder a ellas, encontrando finalmente en poder del imputado parte de dichas especies, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de dichas especies. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº9, 14, 1 , 21, 2 , 30, 0, 0, 8, 9, 70, 44 y 4 bis a) del Código Penal; arts. 47, 39 , 407 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.21 , SE DECLARA: I.- Que se condena KEVIN ALEXIS MITCHELL MENA, C.I. 18.2 8.273-K, ya individualizado, a la pena corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de U.T.M., más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de RECEPTACIÓN, prescrito y sancionado en el artículo 4 BIS A del Código Penal, y a la pena corporal de sesenta y un días de presidio menor en su

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº9, 14, 1 , 21, 2 , 30, 0, 0, 8, 9, 70, 44 y 4 bis a) del Código Penal; arts. 47, 39 , 407 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.21 , SE DECLARA: I.- Que se condena KEVIN ALEXIS MITCHELL MENA, C.I. 18.2 8.273-K, ya individualizado, a la pena corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de U.T.M., más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de RECEPTACIÓN, prescrito y sancionado en el artículo 4 BIS A del Código Penal, y a la pena corporal de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, y por el delito de portar elementos destinados conocidamente para cometer el delito de robo, que se Código: KVWRXLCCRVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encuentra descrito y sancionado en los artículos 44 del Código Penal, respectivamente cometido en grado de consumado, correspondiéndole a la requerido participación en calidad de autor, por los hechos ocurridos el 29 de marzo de 2020 en esta ciudad. II.- Que la pena deberá ser cumplida en forma efectiva, sin abonos que considerar. III.- Que el sentenciado deberá pagar la multa impuesta en seis cuotas iguales mensuales y sucesivas, debiendo acreditar el pago de las cuotas, a más tardar

Texto Completo (Preview)

Quilpué, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: El día 29 de marzo del año 2020, aproximadamente a las 22:38 horas, el requerido KEVIN ALEXIS MITCHELL MENA fue sorprendido por funcionarios de carabineros en la intersección de avenida Los Carrera esquina calle Tres de la comuna de Quilpué, manteniendo en su poder el vehículo PPU FLFY-43, marca Mazda, modelo 3, color gris, en cuyo in

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