MINISTERIO PUBLICO C/ BAIRON LIAN LÓPEZ MANZANO
Rol
O-2802-2023
Fecha
29 de enero de 2024
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., USURPACION DE NOMBRE.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Que el día 21 de agosto del año 2023, aproximadamente a las 13:22 horas, el imputado Byron Lian López Manzano ingresó hasta la tienda comercial Home Center Sodimac, ubicada en Avenida Ramón Freire N° 1351 de la comuna de Código: SPVTXLEXXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quilpué y una vez en su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño tomó un taladro percutor y atornillador impacto marca “Makita”, el cual ocultó entre su vestimentas avaluado a la suma de $302.990, para posteriormente traspasar la caja registradora sin pagar el valor de dicha especie siendo retenido por los guardias de seguridad, quienes posteriormente al momento de entregarlos a funcionarios de Carabineros, funcionarios de Carabineros proceden a solicitarle la identificación al imputado manifestando este lo siguiente “no le voy a dar ninguna huea hasta que yo quiera, no les voy a firmar ninguna cagá”, siendo trasladado en primera instancia a la asistencia pública lugar donde el imputado manifestó llamarse Daniel Manzano López, sin entregar mayores antecedentes. Posteriormente una vez que ya se encontraba en los calabozos de Carabineros, procedió a amenazar a los funcionarios de Carabineros que se encontraban en el lugar, manifestando en lo siguiente: “los voy a cagar pacos culiaos, ya les caché el caracho donde los vea me los piteo a puñal, no me va a salir ni por curao”. Posteriormente los funcionarios de Carabineros debiendo intentar obtener la identidad del imputado, éste vuelve a indicar lo siguiente: “ ya pacos culiaos ya me cagaron, pero igual los voy a hacer pagar en el juicio, los del Tribunal los longi miren todas las causas que tengo y ando afuera, así de choro” otorgando luego la identidad de Byron Lian López Manzano, calificación jurídica secretaría de dos delitos de hurto Simple sancionado al artículo 446 número 2 del Código Penal grado desarrollo frustrado usurpación de identidad previsto
Fundamentos
fundamentos del requerimiento son los siguientes. Acto seguido se procede a dictar SENTENCIA ABSOLUTORIA. Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dirigió la audiencia y resolvió - MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA. Código: SPVTXLEXXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-29T12:35:30-0300
Texto Completo (Preview)
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO SENTENCIA ABSOLUTORIA Fecha Quilpué, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro Magistrado MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA Fiscal HERNAN SILVA SATTA Defensor MATIAS BUSTOS TAPIA Hora inicio 10:22AM Hora termino 10:25AM Sala Sala 2 / 1er piso Tribunal Juzgado de Garantía de Quilpué. Acta Fsc RUC 2300905215-1 RIT 2802 – 2023 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO
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