LAZARTE/CORDERO
Rol
C-15183-2020
Fecha
14 de enero de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 03 de octubre de 2020, comparece don Carlos Fernando P rezé Mu oz,ñ abogado, domiciliado en Pasaje Las Guayabas N 5265, Villa Quillahua,° comuna de Macul, en representaci n de do a ó ñ Margarita Lazarte Gatica, omite profesi n u oficio, quien viene en interponer demanda de terminaci n de contrato poró ó no pago de rentas y servicios b sicos, en contra de do a á ñ Ruth Ver nica Corderoó Bascur, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Avenida Las Torres N 5490, Blockó ° F, departamento 203, comuna de Pe alol n, por los antecedentes de hecho y derechoñ é que expone. Con fecha 07 de diciembre de 2020, la demandante viene en modificar el domicilio de la demanda en Avenida Las Torres N 5490° , comuna de Pe alol n. ñ é Notificada y reconvenida de pago la demandada en forma legal, se llev aó efecto el comparendo de estilo con fecha 13 de enero de 2021, en el cual se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada, por practicada la segundaí reconvenci n de pago y se dej constancia que no hubo conciliaci n, atendida laó ó ó inasistencia de la arrendataria. Acto seguido, se recibi la causa a prueba, reiterandoó el demandante la documental incorporada en autos y se cit a las partes a o ró í sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 03 de octubre de 2020, comparece don Carlos Fernando P rez Mu oz, en representaci n de do a Margarita Lazarte Gatica, omiteé ñ ó ñ profesi n u oficio, quien viene en interponer demanda de terminaci n de contrato poró ó no pago de rentas y servicios b sicos, en contra de do a Ruth Ver nica Corderoá ñ ó Bascur, todos ya individualizados, por los antecedentes de hecho y derecho que expone. Se ala que con fecha 01 de diciembre de 2015, celebr un contrato deñ ó arrendamiento de su propiedad ubicada en Avenida Las Torres N 6490 (sic), block° F, departamento 203, comuna de Pe alol n, a la demandada de autos, la cual señ é encuentra inscrita a fojas 7824, N 12336, del Registro de Propiedad del a o 2007,° ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago. í Explica que se pact una renta mensual ascendente a la suma de $200.000,ó pagaderos dentro de los primeros 5 d as de cada mes. í RIT« » Foja: 1 Hace presente que la arrendataria no ha pagado los meses de agosto, septiembre y octubre de 2019 hasta la fecha, generando un grave perjuicio y adeudando la suma de $2.600.000. Asimismo, adeuda por servicio de agua la suma de $76.610, cuyo corte se encuentra en tr mite, m s la suma de $154.127 por conceptoá á de luz. Indica que la arrendataria mantiene en p simo estado de conservaci n elé ó inmueble, causando graves deterioros e impidiendo el acceso a la misma, no permitiendo la entrada de su representada y mantener una deuda por gastos comunes ascendente a la suma de $1.397.565. En cuanto al derecho, sostiene que le asiste el derecho a poner t rminoé anticipado al contrato en caso de incumplimiento de la renta pactada de pleno derecho, debiendo restituir la propiedad inmediatamente. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de do a Ruth Ver nicañ ó Cordero Bascur, ya individualizada, a fin que: a) se declare por terminado el contrato de arrendamiento referido; b) se condene a la demandada al pago de las rentas adeudadas por la suma de $2.600.000, correspondiente a los meses de agosto, septiembre y octubre de 2019, m s las que se devenguen hasta la fecha de laá restituci n efectiva de la propiedad, reajustadas de acuerdo al IPC., m s el pago deó á $76.610 por concepto de agua, $154.127 por concepto de luz y $1.397.565 por concepto de gastos comunes; c) que se condene a la demandada a restituir la propiedad dentro de tercero d a desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada oí en el plazo que se disponga, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de fuerza p blica; d) que se condene a la demandada al pago de las costas. ú En subsidio de lo anterior, espec ficamente en el primer otros del escrito deí í demanda y para el caso que la parte demandada enervase la acci n principal, deduceó demanda de desahucio; SEGUNDO: Que, se llev a efecto el comparendo de estilo con fecha 13 deó enero de 2021, en rebeld a de la parte deman
Fallo
se decide que: I.- Que, se hace lugar a la acci n principal de fecha 03 de octubre de 2020,ó en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y se condena a la demandada al pago de las rentas adeudadas, al tenor de lo se alado en el motivo und cimo, con los reajustes establecidos en el art culo 21 de lañ é í Ley N 18.101;° II.- Que se condena a la arrendataria a restituir el inmueble arrendado dentro de d cimo d a desde que la sentencia cause ejecutoria, con sus consumosé í domiciliarios al d aí ; III.- Que, se condene a la demandada al pago de una deuda correspondiente a gastos comunes por la suma de $1.397.565; de energ a el ctrica por la suma deí é $154.127; y de agua potable por la suma de $76.610; IV.- Que, se condene en costas a la demandada. Reg strese y arch vense en su oportunidad.í í Notif quese personalmente o por c dula.í é Rol N ° C-15183-2020. Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. RIT« » Foja: 1 Autoriza do a ñ Daniela Ram rez Marambioí , Secretaria Interina. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, catorce de Enero de dos mil veintiuno.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15183-2020 CARATULADO : LAZARTE/CORDERO Santiago, catorce enero de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 03 de octubre de 2020, comparece don Carlos Fernando P rezé Mu oz,ñ abogado, domiciliado en Pasaje Las Guayabas N 5265, Villa Quillahua,° comuna de Macul, en representaci n de do a ó ñ Margarita
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