Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ VALERIE ALEXANDRA FERNÁNDEZ LATIN

Rol

O-383-2022

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: El día 04 de febrero del año 2022 a las 16:55 horas aproximadamente, desde el interior del local comercial Líder, ubicado en Freire 1351 comuna de Quilpué, las imputadas con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrajeron especies consistentes en cervezas, tequilas, fiambres, quesos y otros productos de abarrotes avaluados en la suma de $80.580, traspasando en lineal de casas de cajas sin pagar el valor comercial de las mismas, siendo detenidas por funcionarios de seguridad, quienes llamaron a Carabineros procediéndose a su detención. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14, 15, 21, 25, 30, 50, 51, 60, 67, 69, 70 y 446 N°3 del Código Penal; arts. 47, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a VALERIE ALEXANDRA FERNÁNDEZ LATIN, C.I. 13.989.178-3, a la pena corporal de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de tres unidades tributarias mensuales, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de hurto simple, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, cometido en grado frustrado y perpetrado en calidad de autor, por los hechos ocurridos el día 04 de febrero del año 2022 , en esta ciudad. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, consistente en el encierro en el domicilio de la condenada, entre las 22 horas de cada día y las seis horas del día siguiente. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. La defensa deberá oficiar solicitando el informe de factibilidad técnica a Gendarmería de Chile. Y se fija audiencia para el día 6 d

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14, 15, 21, 25, 30, 50, 51, 60, 67, 69, 70 y 446 N°3 del Código Penal; arts. 47, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a VALERIE ALEXANDRA FERNÁNDEZ LATIN, C.I. 13.989.178-3, a la pena corporal de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de tres unidades tributarias mensuales, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de hurto simple, ilícito previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, cometido en grado frustrado y perpetrado en calidad de autor, por los hechos ocurridos el día 04 de febrero del año 2022 , en esta ciudad. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, consistente en el encierro en el domicilio de la condenada, entre las 22 horas de cada día y las seis horas del día siguiente. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. La defensa deberá oficiar solicitando el informe de factibilidad técnica a Gendarmería de Chile. Y se fija audiencia para el día 6 de marzo de 2024 a las 9:00 horas. Código: EXHZXLXCXHM Este

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Quilpué, a veintiséis de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: El día 04 de febrero del año 2022 a las 16:55 horas aproximadamente, desde el interior del local comercial Líder, ubicado en Freire 1351 comuna de Quilpué, las imputadas con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrajeron especies consistentes en cervezas, tequilas, fiambres, quesos y otros productos de abarrotes avaluados en

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