2º Juzgado de Letras de Vallenar

CHRISTIE LIMITADA / MINERA RELINCHO COPPER S.A.

Rol

C-246-2012

Fecha

14 de enero de 2021

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fojas 59 comparece el abogado don Paulo Montt Rettig en representaci n de Agr cola, Ganadera, Constructora, Servicios, Inversiones y Turismoó í Christie Limitada, domiciliada en Parcela N 1137, Valle del Principal, Pirque, Santiago,° deduciendo demanda de reivindicaci n en contra de Minera Relincho Copper S.A.,ó sociedad an nima del giro de su denominaci n, domiciliada en Avenida Isidoraó ó Goyenechea N 2800, oficina 802, Las Condes, Santiago, representada por don Fernando° Andr s Gonz lez Briones, ge logo, del mismo domicilio de su representada o,é á ó indistintamente, por don Rafael Vergara Guti rrez, abogado, domiciliado en Avenidaé Isidora Goyenechea N 2800, piso 43, Las Condes, Santiago y en contra de don V ctor° í Santiago Domingo Rissetto Vaccarezza, factor de comercio, con domicilio en calle Porvenir N 1299-A, Villa Alemana, regi n de Valpara so.° ó í Que fundamenta su acci n en que su representada es due a exclusiva del bienó ñ inmueble denominado Estancia El Molle, emplazado en la comuna de Vallenar, cuya superficie aproximada es de 99.405 hect reas, habi ndose adquirido por aporte ená é sociedad efectuado por don Walter, do a Erna y don Erwin, todos Brokering Christie,ñ en su calidad de herederos de la sucesi n de do a Lucrecia Christie Samit,ó ñ encontr ndose el dominio actualmente inscrito a fojas 1376 N 976 del Registro deá ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Vallenar correspondiente al a o 2011.í ñ Contin a se alando que el dominio sobre el inmueble singularizado se remonta al a oú ñ ñ 1873, poca en la cual el se or Melit n Samit adquiri por compra de don Joaqu n deé ñ ó ó í Oliveira lvez, los predios conocidos como Hacienda o Fundo de Ramadilla y EstanciaÁ del Molle, habiendo sido estos desde dicha poca objetos de una serie ininterrumpida deé inscripciones en favor de los descendientes del due o original, que se remontan desde elñ a o 1873 hasta la actualidad y donde consta que los deslindes de la propiedadñ denominada El Molle son: al oriente, con la Quebrada de Chanchoqu n, Totorita yí Quebrada Seca; por el poniente, con la Sierra de Catalina; por el norte, con la Quebrada de Jarillas y al sur con la Hacienda Ramadilla, lo que si bien han mutado de nombre como consecuencia de los cambios sobre las antiqu simas nomenclaturas deí algunos hitos geogr ficos de la zona, se han mantenido inalterados por m s de 140 a os,á á ñ Foja: 1 siendo el m s importante -para la discusi n de autos- el l mite norte, el que si bien ahoraá ó í se denomina Quebrada Algarrobal, se trata exactamente del mismo accidente geogr ficoá que antiguamente recib a el nombre de Quebrada de la Jarilla.í Que relata, colindando la Estancia Jarillas por el sur con la propiedad de sus representados, esta habr a sido subdividida en dos lotes por el demandando se orí ñ Rissetto Vaccarezza, archiv ndose el plano pertinente al final del Registro delá Conservador de Bienes Ra ces del a o 2009, bajo el N 134 y archiv ndose asimismo,

Fallo

fallo de segundaá instancia de fecha veintisiete de junio de dos mil catorce, de manera definitiva, como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: Efectividad que la Estancia El Molle comprende, de acuerdo con sus t tulos, parte de los terrenos denominados Lotes A y Bí de la Estancia Jarillas de la comuna de Vallenar. Descripci n y precisi n de deslindes yó ó superficie de las referidas estancias y lotes. Efectividad que los deslindes de la Estancia Jarillas fueron alterados. En la afirmativa, fecha y forma en que se habr a producidoí dicha alteraci n y si con ello se pas a abarcar terrenos de la Estancia El Molle de laó ó actora. Entidad del abarcamiento. Frutos percibidos y/o que pudiesen haber sido percibidos desde el 02 de abril de 2009 y deterioros que se causar an a la actora coní motivo de tal posesi n. Cuant a. Efectividad de que los demandados Minera Relinchoó í Copper S.A. y don V ctor Santiago Rissetto Vaccarezza se encuentran poseyendoí terrenos de la Estancia El Molle de la actora, es decir, si respectivamente los Lotes A y B de la Estancia Jarillas abarcar an parte de la Estancia El Molle. Existencia de actosí posesorios actuales e hist ricos de la demandante y/o los demandados respecto de losó terrenos en disputa. Efectividad de existir superposici n de t tulos entre la Estanciaó í Jarillas y la Estancia El Molle. En la afirmativa, antig edad de los mismos. Efectividadü que con motivo de la posesi n que los demandados han realizado de los terrenos que

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 15944 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : C-246-2012 CARATULADO : CHRISTIE LIMITADA / MINERA RELINCHO COPPER S.A. Vallenar, catorce de Enero de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fojas 59 comparece el abogado don Paulo Montt Rettig en representaci n de Agr cola, Ganadera, Constructora, Servicios, Inversion

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica