1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo.

FELIPE ANDRES ROJAS TRIBAUT C/ FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT

Rol

O-813-2023

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Hechos: El día 31 de agosto de 2022, alrededor de las 17:15 horas, en el domicilio ubicado en calle Arboleda N° 840, comuna de Peumo, el requerido Felipe Andrés Rojas Tribaut sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un teléfono celular marca Samsung, modelo A-10, color negro, de propiedad de la víctima Mercedes Beatriz Espinoza Gálvez, quien se lo paso por un momento, y una vez en su poder el requerido huyo con la especie en dirección desconocida. La especies sustraída fue avaluada en la suma de $100.000 pesos. Argumentos en audio Y vistos los artículos 1, 3, 5, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 446 del Código Penal, lo dispuesto en los artículos 388, 389, 393 bis, 395 y 407 del Código Procesal Penal y lo dispuesto en la ley 18.216, se declara: 1° Qué se condena a Don FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT, cédula de identidad 19.761.644-K, ya individualizado, a sufrir la pena de 21 días de prisión en su grado medio, más pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena como autor del delito de hurto simple, previsto y sancionado del artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado. 2° Que reuniendo en este caso los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de reclusión parcial nocturna domiciliaria por igual termino que la pena privativa de libertad debiendo permanecer sujeto al control de Carabineros, debiendo permanecer en su domicilio desde las Código: XKXNXLPLJXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, se apercibe al sentenciado que si en caso de que no lo encuentren, la pena sustitutiva podrá ser revocada y tendrá que cumplir la

Fallo

se declara: 1° Qué se condena a Don FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT, cédula de identidad 19.761.644-K, ya individualizado, a sufrir la pena de 21 días de prisión en su grado medio, más pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena como autor del delito de hurto simple, previsto y sancionado del artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado. 2° Que reuniendo en este caso los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de reclusión parcial nocturna domiciliaria por igual termino que la pena privativa de libertad debiendo permanecer sujeto al control de Carabineros, debiendo permanecer en su domicilio desde las Código: XKXNXLPLJXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, se apercibe al sentenciado que si en caso de que no lo encuentren, la pena sustitutiva podrá ser revocada y tendrá que cumplir la pena de manera efectiva. El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Rancagua dentro de 5° día de ejecutoriada la presente sentencia para efectos de dar ingreso administrativo a la pena sustitutiva. 3°- Respecto de la pena de multa impuesta, se le abona el día que ha estado detenido por esta causa, dánd

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Peumo., veintitrés de enero de dos mil veinticuatro Magistrado BARBARA JESSICA ROGEL CESPEDES Fiscal Andrés Jara González Defensor Adolfo Raúl Blanc Morales Hora inicio 11:47AM Hora termino 12:04AM Sala Sala 1 Tribunal 1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo. Acta aps RUC 2200860453-7 RIT 813 – 2023 Detencion Ajustada a derecho, p

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