JAVIERA BELEN VEGA MELINAO C/ RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA
Rol
O-1276-2023
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don de RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA, Cédula de Identidad N° 16.314.221-K, se desconoce profesión, domiciliado en Calle Vergara N°1023, comuna de Victoria en calidad de autor del ilícito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del cuerpo legal citado, en contexto de violencia intrafamiliar conforme al artículo 5 de la ley 20.066, en grado de desarrollo consumado, fundado en los siguientes hechos: “Que a las 14:30 horas del día 10 de junio de 2023, al interior del domicilio ubicado en calle Enrique Lin N°2138, comuna de Victoria, el imputado RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA, sin motivo alguno insultó y luego amenazo a su ex conviviente y madre de sus dos hijos en común, la víctima JAVIERA BELÉN VEGA MELINAO, diciéndole a viva voz “la próxima te voy a pegar”, para luego retirarse del lugar en un vehículo, mientras que la víctima se mantuvo en el domicilio sintiendo un gran temor,
Fundamentos
considerando la amenaza como seria y verosímil.” Los antecedentes que lo fundamentan son: 1.- Parte denuncia N° 00898, evacuado por la Cuarta Comisaría de Carabineros de Victoria, con fecha 10/06/2023, que da cuenta del hecho y contiene: a) Acta de declaración voluntaria de la víctima Javiera Belén Vega Melinao. 2.- Informe policial N°02340, evacuado por BICRIM, de la Policía de Investigaciones de Victoria, con fecha 18/08/2023, que contiene; a) acta de declaración voluntaria del testigo Cecilia Rut Melinao Pailahueque. b) acta de declaración de funcionario PDI Nicolás Alfonso Berrios Martinez. 3.- Certificados de nacimiento de los hijos en común entre víctima e imputado. 4.- Extracto de filiación y antecedentes del imputado. Testigos: 1.- CRISTIAN MARTINEZ JARA, funcionario de carabineros, con domicilio en Calle Soto mayor N°315, comuna de Victoria 2.- NIKOLE HERNANDEZ CASTRO, funcionario de PDI, con domicilio en Calle Baquedano N°845, comuna de Victoria. Señala el Ministerio Público que concurre la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal, por lo que solicita la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria del artículo 9 letra b) por dos años, accesorias legales y costas. SEGUNDO: Que, en la audiencia de fecha diecisiete de enero del año en curso, se le concedió en primer término la palabra al Ministerio Público, quien para el evento de aceptación de responsabilidad, efectúa una recalificación jurídica de los hechos constitutivos de amenazas por la falta del artículo 494 N° 16 del Código Penal, solicitando así, la pena de un tercio de unidad tributaria mensual y accesoria del artículo 9 letra b) de la ley 20.066, por un año, manteniendo en lo demás sus pretensiones. TERCERO: Que, efectuada la relación del requerimiento de acuerdo al artículo 395 del Código Procesal Penal, se preguntó al requerido RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA si admitía responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento o prefería la realización de un juicio oral simplificado, y éste admitió su responsabilidad en los referidos hechos, procediéndose a Código: JHXNXLXPSDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 dictar sentencia de inmediato y sin juicio previo, no pudiendo imponerse penas superiores a las solicitadas por el Ministerio Público para este último evento. CUARTO: Que, la defensa se allana a la calificación jurídica de los hechos y participación de su defendido en los mismos, y solicita que respecto de la pena pecuniaria, atendida las facultades económicas de su representado, quien no se encuentra en la actualidad trabajando, se le rebaje a un sexto de unidad tributaria mensual y se le otorgue plazo para su pago, nada qué señalar respecto de la pena accesoria, todo sin costas. El Ministerio Público estará a lo que resuelva el Tribunal. QUINTO: Que, la admisión de responsabilidad unida a los antecedentes fundantes del requerimiento del Minis
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 12 N° 15, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 49 y siguientes, 50, 69, 70, 296 N° 3, 494 N° 16, todos del Código Penal; 45, 46, 47, 342, 346, 348, 388, 393, 395 y siguientes todos del Código Procesal Penal, ley 20.066, se declara: I.- Que, se condena a don RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA, ya individualizado, como autor en grado de consumado de la falta de coacción en contexto de violencia intrafamiliar, a sufrir la pena de multa ascendente a un sexto de Unidad Tributaria Mensual y Código: JHXNXLXPSDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 accesoria del artículo 9 letra b) de la ley 20.066 por el plazo legal de un año esto es, prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo y donde quiera esta se encuentre, por los hechos perpetrados con fecha diez de junio del año dos mil veintitrés en la comuna de Victoria. II.- Que, la pena pecuniaria impuesta deberá comenzar a pagarse los últimos cinco días del mes siguiente en que quede ejecutoriada la presente sentencia. Deberá pagarse en pesos en el valor que tenga la referida unidad tributaria mensual al momento de su pago debiendo enterarse mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República. En caso de no pago, sufrirá por vía de sustitución la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad debiendo procederse de conformidad con lo establecido
Texto Completo (Preview)
1 Victoria, diecisiete de enero del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don de RODRIGO ESTEBAN TORRES INOSTROZA, Cédula de Identidad N° 16.314.221-K, se desconoce profesión, domiciliado en Calle Vergara N°1023, comuna de Victoria en calidad de autor del ilícito de amenazas, p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica