JOSE ORTEGA ORTIZ C/ FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT
Rol
O-726-2023
Fecha
23 de enero de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento. Hechos: Que el día 12 de mayo de 2020, a las 12:05 aproximadamente, en circunstancias que la víctima don JOSÉ ORTEGA ORTIZ recorría su domicilio ubicado en Fundo La Granja s/n, comuna de Peumo en el cual mantiene una plantación de árboles de paltos de variedad Hass, se percata que en el interior del predio en el deslinde con calle León XIII, se encontraba el imputado FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT quien llevaba un saco de color rojo con paltas de su propiedad, el cual al ver la presencia de la víctima huye del lugar, dejando el saco y las paltas en el lugar. SENTENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Argumentos en audio Y vistos los artículos 1, 3, 5, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 442 del Código Penal, lo dispuesto en los artículos 388, 389, 393 bis, 395 y 407 del Código Procesal Penal y lo dispuesto en la ley 18.216, se declara: 1° Qué se condena a Don FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT, cédula de identidad 19.761.644-K, ya individualizado, como autor del delito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado del artículo 442 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena 2° Que reuniendo en este caso los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de reclusión parcial nocturna domiciliaria por igual termino que la pena privativa de libertad debiendo permanecer sujeto al control de Carabineros de Chile, debiendo permanecer en su domicilio desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente. Código: XZMTXLNHQZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Rancagua dentro de 5° día de ejecutoriada la presente sentencia
Fallo
se declara: 1° Qué se condena a Don FELIPE ANDRÉS ROJAS TRIBAUT, cédula de identidad 19.761.644-K, ya individualizado, como autor del delito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado del artículo 442 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena 2° Que reuniendo en este caso los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de reclusión parcial nocturna domiciliaria por igual termino que la pena privativa de libertad debiendo permanecer sujeto al control de Carabineros de Chile, debiendo permanecer en su domicilio desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente. Código: XZMTXLNHQZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Rancagua dentro de 5° día de ejecutoriada la presente sentencia para efectos de dar ingreso administrativo a la pena sustitutiva. Por haber admitido su responsabilidad en estos hechos se exime del pago de las costas de la causa. Que los intervinientes se entienden notificados con esta fecha de la sentencia que se acaba de dictar. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archí
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Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Peumo., veintitrés de enero de dos mil veinticuatro Magistrado BARBARA JESSICA ROGEL CESPEDES Fiscal Andrés Jara González Defensor Adolfo Raúl Blanc Morales Hora inicio 12:04PM Hora termino 12:18AM Sala Sala 1 Tribunal 1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo. Acta aps RIT 726 - 2023 RUC 2000482060-7 Detencion Ajustada a derecho, p
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