Juzgado de Garantía de Coronel.

MP C/ JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE

Rol

O-1033-2022

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de junio del año aproximadamente a las horas, en avenida San Francisco esquina avenida golfo arauco de la comuna de lota, Juan Darío Alarcón Poblete fue sorprendido por su funcionarios de carabineros, portando una maleta de color negro en su mano derecha y en la mano izquierda dos bocinas de camión marca MAC color gris y una mochila color negro adosada a su espalda, conociendo o no menos pudiendo que conocer, qué referidas especies habían sido objeto de robo en bienes nacionales de uso público el mismo día aproximadamente a las horas desde el camión marca MAC, modelo pinacle, año 5, color amarillo, el cual se encontraba estacionado en calle Maestranza sin número en el sector parque industrial de la comuna de Coronel. Actuaciones efectuadas: Sentencia. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor - - RELACIONES.: JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE/ RECEPTACIO Fecha de deliberación de enero de Código: SXEWXLKTXSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N. ART. 56 BIS A. Juez redactor DANIEL EDUARDO ORTIZ PÉREZ Resultado Condenado Decreta beneficio ley 18.216. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito - - PENAS.: JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE Tipo beneficio de Remisión condicional de la pena. Notificaciones y remisión de acta. FISCAL: Correo electrónico DEFENSOR: Correo electrónico Imputado: JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE En audiencia La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Sentencia en Juicio Abreviado / JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE (Parte resolutiva) Por estas consideraciones, que han quedado consignadas íntegramente en el registro de audio del Tribunal, y visto además, lo dispuesto en los artículos , , , números , n° 5, , 5. , , , 5, , 5 , 6 , 6 , , , 56 bis. Del Código Penal; artículos 6, , , , 5 , 6, , , , y del Código Procesal Penal; artículos y de la Ley . 6. SE DECLARA: I.- Que se condena a don JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE, cédula Nacional de I

Fallo

Por estas consideraciones, que han quedado consignadas íntegramente en el registro de audio del Tribunal, y visto además, lo dispuesto en los artículos , , , números , n° 5, , 5. , , , 5, , 5 , 6 , 6 , , , 56 bis. Del Código Penal; artículos 6, , , , 5 , 6, , , , y del Código Procesal Penal; artículos y de la Ley . 6. SE DECLARA: I.- Que se condena a don JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE, cédula Nacional de Identidad número 19.120.914-1 como autor del delito de receptación previstos en el artículo 56 bis del Código Penal, encontrándose el delito en grado de consumado por los hechos ocurridos el día de junio del año en la comuna de Coronel a la pena de 100 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las accesorias Código: SXEWXLKTXSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl legales suspensión de cargo y oficio público durante todo el tiempo que dure la condena II.- Que reuniéndose la especie los requisitos del artículo de la ley . 6 se sustituye la pena corporal impuesta por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad por un total de 133 horas, las cuales deberán cumplirse en la institución que determine el Centro de Reinserción Social de la comuna de Coronel. En este caso, cada jornada de trabajo no podrá exceder un total de ocho horas diarias. En caso de incumplimiento de la pena sustitutiva impuesta, el imputado deberá cumplir en forma efectiva la p

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Preparación de Juicio Oral. Fecha Coronel, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro Tribunal JUZGADO DE GARANTIA DE CORONEL Magistrado DANIEL EDUARDO ORTIZ PÉREZ Fiscal CRISTIAN VEGA ORIHUELA Defensor ALFREDO GRANDON LAGUNAS Hora inicio Horas Hora termino Horas Sala Sala - Rocío Lillo Cea Reg de Audio - - RUC - RIT - Imputado JUAN DARÍO ALARCÓN POBLETE, cédula

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