Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PÚBLICO C/ KEVIN ALEJANDRO NÚÑEZ SALAZAR

Rol

O-248-2023

Fecha

23 de enero de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días diecisiete y dieciocho del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Héctor Cecil Gutiérrez Massardo, quien presidió, Mauricio Javier Petit Moreno y Sergio Hernán Álvarez Cáceres, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa rol único 2201127886-1, rol interno Nº 248-2023, seguida en contra KEVIN ALEJANDRO NÚÑEZ SALAZAR, cédula de identidad Nº 21.281.770-8, nacido en Arica el 07 de abril de 2003, 20 años, estado civil soltero, sin oficio, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Garibaldi N°2218, Arica, representado por la defensora pública, doña Sofía Makaus Bravo; ALEJANDRA MILLARAY CAROLINA CUEVAS CUEVAS, cédula de identidad Nº 20.778.318-8 , nacida en Arica el 06 de junio de 2001, 22 años, estado civil soltera, oficio ayudante de cocina, domiciliada y apercibida conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en Pasaje Río Yelcho N°400-8, Población Nueva Esperanza, Arica, representada por el defensor público, don Ariel Cabello Cañete; y de LUCAS MAXIMILIANO ÁLVAREZ CALVO, cédula de identidad chilena Nº 21.326.698-5, nacido en Arica el 15 de junio de 2003, 20 años, estado civil soltero, no indica oficio, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Alfonso Néspolo N°0487, Arica, representado por la defensora penal pública, doña Hayleen Monserrat Solís Thompson. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal subrogante, doña Noemí Andrade Oliva. SEGUNDO: Que el hecho materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, es el siguiente: “El 11 de noviembre de 2022, aproximadamente a las 22:43 horas, mientras los acusados NUÑEZ SALAZAR, CUEVAS CUEVAS y ÁLVAREZ CALVO, se movilizaban en el vehículo marca Nissan, modelo Tiida, placa patente única GBCL-43, el cual era conducido por el acusado Kevin Núñez Salazar siendo fiscalizados por Carabineros de Chile en calle El Pedregal con Rio Maipo de la ciudad de Arica. Mientras se realizaba dicha fiscalización personal policial se percata de un fuerte olor a marihuana que salía del vehículo, pidiéndole al imputado NUÑEZ SALAZAR que abriera la maletera el cual accede, personal policial, encuentra bajo la rueda de repuesto dos bolsas de nylon contenedoras de cannabis. La droga transportada alcanzó un peso bruto de 2.015 gramos y un peso neto de 1.985 gramos con una pureza del 100%, por lo cual proceden a sus detenciones.” A juicio del acusador, los hechos descritos configuran el delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en los artículos 1° y 3° de la Ley 20.000, atribuyéndoles la calidad de autores a los acusados. Finalmente, estimando que concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal respecto de los acusados Alejandra Cuevas y Lucas Álvarez, y que n

Fallo

por tanto el sujeto se esconde bajo un auto y él procede a su detención. Luego con la prueba de campo se confirma que la sustancia era marihuana. Esto fue el día 11 de noviembre de 2022, a las 22:43 horas aproximadamente. Dice que si mal no recuerda se colocó al costado izquierdo del vehículo y él fiscalizó al chofer. El imputado no mantenía sus documentos. El conductor desciende al momento de efectuar el control de identidad, por el indicio del fuerte olor a marihuana que expelía el vehículo desde el maletero. El vehículo era un Nissan Tiida amarillo, con un vidrio lateral quebrado. Acota que cuando salió corriendo el conductor él no lo perdió de vista. Se escondió bajo un vehículo ya que el pasaje era sin salida. Se le encontró un celular y dinero, además una pesa. Se encontraron en el lugar de la detención. El dinero era como $140.000. Indica que se realizaron fijaciones fotográficas. Seguidamente, se le exhibe un set de 6 imágenes que el testigo identifica de la siguiente manera: 1.- El maletero del vehículo con las dos bolsas de nylon que se encontraban en el interior. El maletero es pequeño, de aproximadamente un metro de ancho. No tenía la parte de arriba o piso falso. 2.- El vehículo con el maletero abierto y la malla que cubría estas bolsas. Se observa la placa patente. 3.- El celular incautado al momento de la detención, encontrado al costado del imputado, al parecer frente a la numeración 2557 según recuerda. 4.- El dinero encontrado en el lugar de la deten

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1 Arica, veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días diecisiete y dieciocho del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, integrada por los jueces Héctor Cecil Gutiérrez Massardo, quien presidió, Mauricio Javier Petit Moreno y Sergio Hernán Álvarez Cáceres, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa ro

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