MP C/ SEBASTIÁN ANÍBAL CASTRO MANCILLA
Rol
O-12786-2019
Fecha
18 de enero de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos objeto del requerimiento. 2° No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para iniciar la persecución penal. 3° Déjense sin efecto las medidas cautelares las cautelares si las hubiera. Téngase por renunciado a los intervinientes a los plazos legales y por ejecutoriada la sentencia con esta fecha. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. RUC N° 1901262160-7 RIT N° 12786-2019 Sentencia dictada por doña Verónica Rivera González, juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: WQXXXLKWQFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El día 21 de noviembre de 2019, alrededor de las 16:20 horas, en el contexto de saqueos ocurridos en la ciudad de Valparaíso, los imputados Héctor Mauricio Vidal Mancilla, Sebastián Aníbal Castro Mancilla y Paul Anthony López Pérez, llegaron hasta la tienda D”House ubicada en avenida Argentina N° 01 de la ciudad de Valparaíso, establecimiento al cual ingresaron por via no destinada al efecto, con el objeto de sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, diversas especies de la tienda, la cuales acopiaron en bolsas que luego cargaron en una camioneta marca Chevrolet D-MAX, color blanco, la cual no mantenía la placa patente trasera, y era conducida por el imputado Carlos Segundo González Silva, quien esperaba a los imputados indicados a bordo del móvil y en las cercanías de la tienda, siendo sorprendidos durante su accionar por personal de Carabineros, huyendo todos a bordo del móvil siendo alcanzados y detenidos; verificando personal policial que dentro del vehículo los imputados tenían en su poder las especies de propiedad de la tienda afectada correspondientes a diversos artículos de zapatería, vestuario en general y ropa deportiva correspondiente a 04 camisas marca RKF de diferentes colores, 04 short marca Columbia, 06
Fundamentos
CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el audio pertinente.
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: 1° Que se ABSUELVE a HÉCTOR MAURICIO VIDAL MANCILLA, RUN N° 19.329.999-7, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra, como autor del delito de robo en lugar no habitado del artículo 442 n°1 del Código Penal, en grado de frustrado, hecho que habría ocurrido el 21 de noviembre de 2019, en perjuicio de la tienda D”House, ubicada en Avenida Argentina N° 01 de esta ciudad, por no haberse reunido los antecedentes suficientes para acreditar los hechos objeto del requerimiento. 2° No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para iniciar la persecución penal. 3° Déjense sin efecto las medidas cautelares las cautelares si las hubiera. Téngase por renunciado a los intervinientes a los plazos legales y por ejecutoriada la sentencia con esta fecha. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. RUC N° 1901262160-7 RIT N° 12786-2019 Sentencia dictada por doña Verónica Rivera González, juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: WQXXXLKWQFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El día 21 de noviembre de 2019, alrededor de las 16:20 horas, en el contexto de saqueos ocurridos en la ciudad de Valparaíso, los imputados Héctor Mauricio Vidal Manci
Texto Completo (Preview)
RUC N° 1901262160-7 RIT N° 12786-2019 C/ HÉCTOR MAURICIO VIDAL MANCILLA, RUT 19.329.999-7, nacido en 20/05/1992, domiciliado en calle Luis Bahamondes Casa n° 11 parada 25 Rodelillo Alto Valparaíso, Valparaíso, dieciocho de enero de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra
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