HERRERA/CENTRO EXAMINADOR DE MEDICINA AERONAUTICA Y OCUPACIONAL SPA
Rol
M-541-2022
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RINDE PRUEBA DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X Llamado a conciliación: Este Tribunal realiza el correspondiente llamado a conciliación el cual queda frustrado, debido a la incomparecencia de la demandada. Lo anterior consta en el correspondiente registro de audio. Los hechos a probar son los siguientes: 1. Existencia de relación laboral entre la demandante y la demandada. en caso afirmativo, funcione desempeñadas por la demandante. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida por la demandante. 3. Fecha, forma y circunstancia del eventual término de la relación laboral que alega la parte demandante. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales de la demandante. 5. Efectividad de adeudar la demandada a la demandante el feriado que reclama. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE rinde: Documental: 1. Copia del contrato de “Prestación de Servicios” suscrito entre la Empresa y la demandante con fecha 01 de diciembre de 2021. 2. Copia de Carta de despido de fecha 22 de diciembre de 2021. 3. Acta de comparendo de estilo llevado a efecto en la inspección del trabajo con fecha 07 de febrero de 2022. 4. Copia de las Transferencias realizadas por el pago de las remuneraciones de la actora. 5. Certificado de Afiliación a FONASA. 6. Set de certificados de pago de las cotizaciones previsionales en la AFP, AFC y FONASA. Se acompañan asimismo, estos certificados con fecha de hoy. 7. Set de Capturas de pantalla de WhatsApp con personal de la Empresa. 8. Set de capturas de pantalla del correo electrónico donde se puede observar el trabajo realizado por la suscrita. Confesional: La parte demandante rinde este medio de prueba y ante la incomparecencia de la demandada solicita se haga efectivo el apercibimiento legal, a lo que este Tribunal hace lugar. Observaciones a la prueba: La parte demandante procede a realizar sus correspondientes observaciones a la prueba, cuyo
Fundamentos
fundamentos constan en el correspondiente registro de audio. El Tribunal de oficio decreta: SENTENCIA A doce de abril de dos mil veintidós Vistos, oídos y considerando Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E. Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Resolutivo Visto además lo expuesto los artículos 1, 3, 5, 7 446 y siguientes del Código el Trabajo
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Paula Herrera Carvajal Ruth Rut: 20.289.508-5 en contra de CENTRO EXAMINADOR DE MEDICINA AERONAUTICA Y OCUPACIONAL SPA Rut: 76.307.544-3 sólo cuanto se declara injustificado el despido del que fuera objeto la demandante el día 22 de diciembre del año 2021 y como consecuencia de ello se tiene por terminada la relación laboral por la causal contemplada en el artículo 161 inciso primero del código el trabajo esto es necesidades de la empresa con aquella fecha y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $464.434. b) Feriado proporcional por $38.702. c) Cotizaciones previsionales por el periodo trabajado entre el 10 de noviembre del año 2021 al 22 de diciembre del año 2021 en AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile dos S.A. en base a una remuneración imponible $464.434, prestación que deberán perseguir las instituciones previsionales correspondientes en la etapa de cumplimiento de la presente sentencia. d) Se rechaza la demanda en todo lo demás. II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del código el trabajo según corresponda. III. Que no se condena costas a la demandada por no haber sido completamente vencida. IV. Cúmplase con lo dispuesto en esta sentencia dentro de quinto día que quede ejecutoriada bajo apercibimiento enviando antecedentes al cobranza laboral y provisional de
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 22- 4-0390427-2 RIT M-541-2022 SALA 10 MAGISTRADO MARÍA TERESA QUIROZ ALVARADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS SERGIO MARTINEZ TOLEDO HORA DE INICIO 11:18 HORA DE TERMINO 11:35 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240390427-2-1349-220412-00
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