CUEVAS/
Rol
V-201-2020
Fecha
8 de enero de 2021
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece MARGARITA PAOLA CUEVAS DUR N,Á chilena, soltera, due a de casa, domiciliada en El Ma o N 6012,ñ ñí ° comuna de Huechuraba, quien viene en solicitar su cambio de nombre, para quedar en definitiva como PAOLA MARGARITA CUEVAS DUR N.Á Funda su pretensi n en que ha usado sus nombres en forma invertida,ó desde que estaba en el colegio, puesto que sus compa eros hac an bromasñ í desagradables alrededor de su nombre, diciendo que era de abuelita , de“ ” “ vieja , florcita , etc. Se ala que adem s el nombre Margarita pertenece a” “ ” ñ á “ ” su abuela paterna, con la cual nunca tuvo buena relaci n y por lo mismoó tiene malos recuerdos. Expone que por los
Fundamentos
motivos anteriores utiliza sus nombres invertidos, d ndose a conocer desde hace m s de 5 a os como Paola Margarita Cuevasá á ñ Dur n. Indica que en consecuencia es indispensable que se rectifique suá partida de nacimiento, a fin de evitar los perjuicios que le acarrear a laí confusi n de nombres tanto en el orden judicial, extrajudicial y laboral. ó A folio 6, se acompa a publicaci n legal efectuada en el Diarioñ ó Oficial, cuyo certificado de no oposici n rola agregado a folio 13.ó A folio 10, rola informaci n sumaria de testigos.ó A folio 20, consta informe del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, y a folio 16, extracto de filiaci n y antecedentes.ó ó Foja: 1 A folio 23, se dict autos para fallo.ó CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, MARGARITA PAOLA CUEVAS DUR NÁ solicita se rectifique su partida de nacimiento, quedando en definitiva como “PAOLA MARGARITA CUEVAS DUR NÁ ”, por los fundamentos expuestos con precedencia. SEGUNDO: Que, conforme lo estatuye la Ley N 17.344, en su° art culo 1 reconoce el derecho que toda persona tiene a usar los nombres yí ° apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripci n deó nacimiento. Luego en el inciso tercero establece el derecho para solicitar dicha rectificaci n cuando ha sido conocida por m s de cinco a os con uno o m só á ñ á nombres de los que figuran en su partida de nacimiento. TERCERO: Que, constando el hecho de haberse efectuado la publicaci n legal en el Diario Oficial, la certificaci n de la Se ora Secretariaó ó ñ Titular del Tribunal de no haberse deducido oposici n a la solicitud deó autos, dentro del plazo legal el que se encuentra vencido, conjuntamente con que, del m rito de la informaci n sumaria rendida y que rola partidaé ó de nacimiento de la parte solicitante, extracto de filiaci n y antecedentes sinó anotaci n de ning n tipo, y el informe del Servicio de Registro Civil eó ú Identificaci n respecto de la solicitud de autos, nos determinan a aceptar laó solicitud incoada, toda vez que se ha hecho uso de un nombre social diverso por el per odo legal exigido, por lo que ser menester decretar el cambioí á solicitado, para que se conduzca socialmente con el nombre que le identifica.
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuestoá en los art culos 1 letra a) e inciso 3 , y art culos 3 y 4 inciso 3 de la Leyí ° ° í ° ° ° N 17.344, sobre autorizaci n de cambio de nombre; art culos 17 y 18 de la° ó í Ley N 4.808 sobre Registro Civil; 817 y siguientes del C digo de° ó Procedimiento Civil, se declara: Foja: 1 I.- Que se hace lugar a la solicitud de lo principal de folio 1, y se accede a la autorizaci n de cambio de nombre de ó MARGARITA PAOLA CUEVAS DUR N C.N.I.NÁ º13.074.141-K quedando en definitiva como PAOLA MARGARITA CUEVAS DUR NÁ , manteni ndose en todoé caso inalterada su filiaci n. ó II.- Que se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó rectificar la inscripci n de nacimiento N 4.522, Registro E, del Registro deó ° Nacimientos del a o 1976, circunscripci n Providencia, correspondiente añ ó MARGARITA PAOLA CUEVAS DUR NÁ , en el sentido de establecer que el nombre de la inscrita es PAOLA MARGARITA CUEVAS DUR N.Á Reg strese y notif quese. í í Pronunciada por do a ñ MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Enero de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Ch
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Foja: 1 FOLIO: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-201-2020 CARATULADO : CUEVAS/ Santiago, ocho de Enero de dos mil veintiuno VISTO: A folio 1, comparece MARGARITA PAOLA CUEVAS DUR N,Á chilena, soltera, due a de casa, domiciliada en El Ma o N 6012,ñ ñí ° comuna de Huechuraba, quien viene en solicitar su cambio de nombre, para quedar en def
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