9º Juzgado Civil de Santiago

TORO/

Rol

V-240-2019

Fecha

8 de enero de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 19 de agosto de 2020, comparece donó FERNANDO IGNACIO TORO BENAVIDES, empresario, run 9.361.018-0, domiciliado en calle Pastor Fern ndez N 16.781, comuna deá ° Lo Barnechea, solicitando autorizaci n para donar determinados inmueblesó en partes iguales a do a Mar a Fernanda Margarita Toro Cano, runñ í 16.371.896-0, don Fernando Ignacio Toro Cano, run 17.266.023-1 y do añ ngela Carolina Bravo Cano, run 10.998.315-2.Á Los bienes corresponden al departamento N 708 del s ptimo piso, el° é estacionamiento N 220 y la bodega N 146, ambos del tercer subterr neo,° ° á todos del proyecto inmobiliaria denominado Edificio Atrio , Torres C,“ ” Primera Etapa, con acceso por Avenida Las Condes N 12.631, comuna de° Las Condes, y que tienen en conjunto un aval o fiscal ascendente a la sumaú de $174.160.838. Adem s de Mar a Fernanda Margarita Toro Cano y Fernandoá í Ignacio Toro Cano, tiene como carga de familia otros dos hijos menores de edad: Baltazar Toro Salman, de 15 a os de edad y Clemente Toro P rez,ñ é de 6 a os de edad.ñ Indica que posee bienes suficientes como para poder disponer v aí donaci n de los inmuebles antes singularizados, no afect ndoleó á sustancialmente su patrimonio, ni los ingresos peri dicos con los que ló é cuenta. Foja: 1 El objeto de la solicitud es donar los inmuebles ya singularizados, irrevocablemente y a t tulo de leg tima respecto de sus hijos Mar aí í í Fernanda Margarita Toro Cano y Fernando Ignacio Toro Cano, y por mera liberalidad respecto de la donataria do a ngela Carolina Bravoñ Á Cano. Se rindi informaci n sumaria de testigos.ó ó Se acompa certificado del Servicio de Impuestos Internos que dañó cuenta del pago de la respectiva carga tributaria. Se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Fernando Ignacio Toro Benavides, run 9.158.002-0, solicita que de conformidad a lo dispuesto en los art culos 1386í y 1401 del C digo Civil, autorizaci n para donar inmuebles a en partesó ó iguales a do a Mar a Fernanda Margarita Toro Cano, run 16.371.896-0,ñ í don Fernando Ignacio Toro Cano, run 17.266.023-1 y do a ngelañ Á Carolina Bravo Cano, run 10.998.315-2. SEGUNDO: Que los bienes que se pretenden donar corresponden al departamento N 708, el estacionamiento N 220 y la bodega N 146, todos° ° ° del proyecto inmobiliaria denominado Edificio Atrio , Torres C, Primera“ ” Etapa, con acceso por Avenida Las Condes N 12.631, comuna de Las° Condes, inscrito a nombre del donante a fojas 52582 n mero 83802ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2007 del Conservador deñ Bienes Ra ces de Santiago.í TERCERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil, establece Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita eó irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” CUARTO: Que a su vez el art culo 1401 del mismo cuerpo legal,í refiere que La donaci n entre vivos que no se insinuare, s lo tendr efecto“ ó ó á hasta el valor de dos centavos, y ser nula en el exceso .á ” Foja: 1 QUINTO: Que los requisitos de la insinuaci n se encuentranó establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimiento Civil.í ó SEXTO: Que en cuanto al primer requisito, se encuentran plenamente identificadas el donante y las donatarias. S PTIMO: Que en relaci n con el segundo requisito, el interesadoÉ ó ha detallado convenientemente los bienes que se donar n.á OCTAVO: Que respecto al tercer requisito se ha expresado la causa de la donaci n, la cual se realiza a t tulo de leg tima y por mera liberalidad,ó í í cumpliendo con las exigencias de la Ley N 16.271.° NOVENO: Que as lo ha considerado tambi n el Servicio deí é Impuestos Internos en su informe de 9 de diciembre de 2020, se alando queñ se encontrar an pagados los impuestos.í D CIMO: Que por tales razones, se dar lugar a lo pedido.É á En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culos 1386, 1401 yí siguientes del C digo Civil, art culos 889 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se concede a don Fernando Ignacio Toro Benavides, run 9.361.018-0, autorizaci n para donar los bienes individualizados en eló considerando segundo a Mar a Fernanda Margarita Toro Cano, runí 16.371.896-0, don Fernando Ignacio Toro Cano, run 17.266.023-1 y do añ ngela Carolina Bravo Cano, run 10.998.315-2.Á Reg strese, notif quese, dese copia y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Enero de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-240-2019 CARATULADO : TORO/ Santiago, ocho de Enero de dos mil veintiuno VISTOS: En presentaci n de 19 de agosto de 2020, comparece donó FERNANDO IGNACIO TORO BENAVIDES, empresario, run 9.361.018-0, domiciliado en calle Pastor Fern ndez N 16.781, comuna deá ° Lo Barnechea, solicitando autoriz

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