JOHAN MANUEL BONILLA GUTIERREZ C/ PATRICIO ALEJANDRO LÓPEZ DURÁN
Rol
O-3792-2023
Fecha
16 de enero de 2024
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 18 de septiembre de 2021, a las 17:15 horas aproximadamente, en el kilómetro 400 de la ruta 5 Norte, de la comuna de Ovalle, el imputado Patricio Alejandro López Durán, condujo el camión PPU PHGJ-80, marca Foton, modelo New Aumark, año 2021, color blanco, peso bruto vehicular 6000 kilos; siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes realizaban un control vehicular selectivo en el lugar, estos se percataron que el imputado conducía sin haber obtenido licencia profesional que lo habilite para ello, lo que fue refrendado en las bases de datos del Servicio de Registro Civil, en donde consta que no cuenta con licencia de conducir profesional tipo. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 11N°6, 11 N° 9, 15 N°1, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 194 de la Ley del Tránsito, se declara: I.- Que se condena a don Patricio Alejandro López Durán, cédula nacional de identidad N°18.061.107-k, ya individualizado, como autor de un delito de conducción de un vehículo que requiere licencia profesional, cometido en la comuna de Ovalle el día 18 de septiembre del año 2021, a sufrir una pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido responsabilidad. II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la remisión condicional de la pena va a quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile, Centro de reinserción social de Maipú Occidente por el plazo de un año. III.- Se hace aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, debiendo omitirse esta sentencia en el registro de antecedentes penales, ofíciese al Registro Civil al efecto. IV.- El Tribunal remitirá los antecedentes al Juzgado de Garantía con competencia en el domicilio del imputado, para que fiscalice el cumplimiento de la condena y oficiando además al Centro de reinserción social de Santiago Occidente para que
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don Patricio Alejandro López Durán, cédula nacional de identidad N°18.061.107-k, ya individualizado, como autor de un delito de conducción de un vehículo que requiere licencia profesional, cometido en la comuna de Ovalle el día 18 de septiembre del año 2021, a sufrir una pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido responsabilidad. II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la remisión condicional de la pena va a quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile, Centro de reinserción social de Maipú Occidente por el plazo de un año. III.- Se hace aplicación a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, debiendo omitirse esta sentencia en el registro de antecedentes penales, ofíciese al Registro Civil al efecto. IV.- El Tribunal remitirá los antecedentes al Juzgado de Garantía con competencia en el domicilio del imputado, para que fiscalice el cumplimiento de la condena y oficiando además al Centro de reinserción social de Santiago Occidente para que proceda al control de la pena. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Dario Diaz Peña Y Lillo, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle.- JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053) 632903 Código: T
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., a diesciseis de enero de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado DARÍO ARTURO DÍAZ PEÑA Y LILLO RUC 2100847660-5 RIT 3792-2023 Delito Conducción sin haber obtenido licencia de conducir profesional. Grado de ejecución consumado Participación autor Atenuante(s) artículos 11 N° 6 y 11 N°9 del Cód
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