GERARDO ALEXIS CIFUENTES MOLINA C/ JORGE ALEJANDRO MANRÍQUEZ FICA
Rol
O-6207-2021
Fecha
16 de enero de 2024
Materia
INJURIA (ACCION PRIVADA).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que don GERARDO ALEXIS CIFUENTES MOLINA dedujo querella en procedimiento de acción penal privada en contra de don MIGUEL ANDRÉS MALDONADO SAAVEDRA, cédula de identidad N° 14.391.727-4, domiciliado en Avenida El Huanaco Norte Nº 2000, Casa 126, comuna de Huechuraba, don LINTON PATRICIO CARVAJAL ORTEGA, domiciliado en Onofre Jarpa Nº 1964, comuna de Peñaflor, don ALBERTO EDUARDO MONSALVE GONZÁLEZ, domiciliado en Beaucheff Nº 1325, Depto. 2101 comuna de Santiago, y don OSCAR LIONEL BUSTOS CASTILLO, domiciliado en Isla del Rosario Nº 6821, comuna de La Florida, al estimarlos responsables del delito de injurias graves previsto en los artículos 416 y 417 N° 3, 4 y 5 del Código Punitivo. Los hechos que les imputa son los siguientes: a) Respecto del querellado MIGUEL ANDRÉS MALDONADO SAAVEDRA: CONTEXTO. A propósito de la actividad docente en calidad de Profesor Titular en la Universidad de Santiago de Chile del querellante y de la imposición de obligación de participar como asesor en el contrato firmado por el Sr. Patricio Eugenio Navarro Donoso, RUT: 5.524.974-1, (Director del Departamento a esa época) y la empresa Transducto S.A., RUT 76.100.822-6, de fecha 21 de enero 2016, ellos acordaron, sin intervención del querellante, en el numeral segundo de dicho contrato que la USACH se obliga a otorgar a Transducto S.A. el uso de los Laboratorios e Infraestructura de la Universidad con el sólo fin de que Transducto S.A. ejecute y/o perfeccione su invención, pudiendo al efecto practicar todo tipo de pruebas experimentales con sus equipos, a propósito de la ejecución de este contrato la empresa Transducto S.A. se ubica en el segundo piso del sector de Metalurgia Extractiva del sector Ex EAO, a fin de que personal de Transducto S.A., ejecute pruebas experimentales con sus equipos, quedando este sector a cargo de la empresa, sin un docente de la USACH responsable de este laboratorio, de esta forma el suscrito querellante no tenía control y res
Fundamentos
Fundamentos de Corrosión y Protección de Materiales”. Autores: Gerardo Cifuentes M., Jaime Simpson A. y Dr. Cristian Vargas R., ISBN: 956-303-021-4, Sello Editorial USACH, Santiago, Chile, 2006. · "Modelamiento de la conductividad en electrolitos H2SO4-Cu”. Autores: Dr. Gerardo Cifuentes M., Jaime Simpson A. y Hermann Godoy, ISBN: 978-3-8473-5837-4, Editorial Académica Española, Madrid, España-LAP LAMBERT Academic Publishing GmbH& Co., Saarbrücken, Germany, 2011. · “Nuevos Procesos y Materiales para la Detección y Eliminación de Contaminantes en Agua”. Autores: Andréa Moura Bernardes, Gerardo Cifuentes Molina, Marco Antonio Siqueira Rodrigues y Mario Ávila Rodriguez. ISBN 978-85-7727-925-8, Editorial Evangraf, Porto Alegre, Brasil, 2016. · “Síntesis de Materiales y Aplicación de Procesos de Separación en Aguas y Soluciones Acuosas Industriales”. Editado por Andrea Moura Bernardes, Co-Autor: Gerardo Cifuentes M., San Leopoldo, Trajetos Editorial, ISBN 978-85-69688-22-8, Brasil, 2018. Código: KVSXXLZXXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl · “Arsénico, entre el bien y el mal: Descubriendo al elemento atómico 33”. Autores: Gerardo Cifuentes M., Ricardo Llancaqueo R., Eduardo Pino L., Magdalena Cifuentes C., Jorge Manríquez F. y Marco Cifuentes M.; Editorial Académica Española, ISBN 978-620-0-42135-7, España, 2020. f. Tabla grafica de números de memoristas de postgrado por académico del Depto. de Ingeniería Metalúrgica entre los años 2011 y 2020. Tabla extraída de documentos: Informe de Autoevaluación y Formulario de Antecedentes Magister en Ciencias de la Ingeniería Mención Metalurgia Extractiva y Ciencia e Ingeniería de los Materiales Septiembre de 2021. 20.- Copias de proyectos nacionales e internacionales donde el querellante es Jefe de Proyecto en Chile (Solo se hará referencia a los títulos de los proyectos) : a. Documento de fecha 24 de abril de 2020, denominado: “Consortium Agreement, Sb- RECMEMTEC Cofund-Action, Electro-electrodialysis technology on the copper minerals processing industry to the recovery of antimony from mining tailings and recycling the solution media”. b. Correo de fecha 06 de diciembre de 2017, 21:51 hrs. de Alberto Araya dirigida a la jefa del proyecto internacional (Dra. Andrea Moura Bernardes) informando la aprobación del proyecto de la Red en el CYTED. c. Correo electrónico de fecha 13 de octubre año 2008, en donde Rodrigo Urquiza de la empresa COCHILCO, le solicita la asesoría del querellante, como asesor experto, en Comisión Técnica Asesora del Presidente de la República en las Negociaciones con la Organización Mundial de la Salud para la Revisión de la Guía Sobre Calidad del Agua Potable” con adjunto de informe de avance. 21.- Curriculum y certificados de títulos del querellante. a) Diploma de Profesor Titular de la Universidad de junio de 2006. b) Diploma de Premio Investigador Joven de Excelencia del 08 de febrero de 2002 con motivo de
Fallo
Por estas razones pide en su querella que se imponga a cada uno de los querellados las penas de 540 días de reclusión menor en su grado medio y multa de diez unidades tributarias mensuales, con costas. SEGUNDO: Que habiendo fracasado la posibilidad de poner término al juicio a través de una conciliación a la cual instó en forma reiterada el tribunal y sin que los querellados dieran explicaciones satisfactorias de su conducta, correspondió dar aplicación a las normas supletorias contenidas en el título I del Libro Cuarto del Código Procesal Penal como ordena el artículo 405 de dicho cuerpo legal. En ese orden de ideas, consultadas los imputados al tenor de lo dispuesto en el artículo 395 del aludido código, no aceptaron responsabilidad en los hechos materia de la querella, razón por la cual se llevó a cabo un juicio efectivo en la presente causa durante las audiencias sucesivas de los días nueve, diez y once de enero del actual, recibiéndose en la misma las pruebas ofrecidas por los intervinientes y dándose veredicto al final de la última jornada, fijándose la audiencia de lectura de sentencia para el día de hoy. TERCERO: Que en su alegato de apertura la parte querellante sostuvo que iba a ser capaz de demostrar en el juicio su pretensión, esto es, obtener condena contra los imputados en virtud del daño al honor provocado a su representado. Por su parte, la defensa indicó que va a solicitar la absolución de sus representados por cuanto los hechos atribuidos a sus representad
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Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que don GERARDO ALEXIS CIFUENTES MOLINA dedujo querella en procedimiento de acción penal privada en contra de don MIGUEL ANDRÉS MALDONADO SAAVEDRA, cédula de identidad N° 14.391.727-4, domiciliado en Avenida El Huanaco Norte Nº 2000, Casa 126, comuna de Huechuraba, don LINTON PATRICIO CARVAJAL ORTEGA, domic
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