C/ MARTÍN DE JESÚS LÓPEZ PINTO
Rol
O-1167-2023
Fecha
10 de enero de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: ‘‘El día 07 de mayo de 2023, en hora de la mañana, aproximadamente a las 08:40 horas, funcionarios policiales sorprendieron en la intersección de Santa Anita con 9 sur, comuna de Lo Espejo, a MARTÍN DE JESÚS LÓPEZ PINTO, junto al imputado CÉSAR RENÉ LOIZA PORMA, en el interior del vehículo FZBC-30, mantenían, transportaban y guardaban una bolsa contendora de 3 comprimidos de MDMA, además de otro contenedor que en su interior mantenía 5 comprimidos de METANFETAMINA, todas estas drogas sintéticas, además de un comprimido de clonazepam, sin contar con la autorización correspondiente. Por otra parte, ocultó su identidad a los funcionarios policiales. Indicando que se llamaba “Jaime Andrés Loaiza Porma” con el objeto de evitar ser detenido por una orden de detención que pesaba sobre él”. La sentencia se encuentra grabada bajo el nombre 2300493031-2-1229 en sala 202-B. Santiago, diez de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 24, 26, 29, 67 y siguientes, todos del Código Penal; artículo 1 y 4 de la Ley 20.000; artículo 1, 2, 4, 45, 47, 150, 235, 295, 297, 340, 351, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a Martín De Jesús López Pinto, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al 1° de la Ley 20.000, perpetrado en esta Código: HBXXLLXKTD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdicción el día 7 de mayo de 2023, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a diez (10) unidades tributarias mensuales. II.- Que tanto la pena corporal como la multa, ésta última de manera sustitutiva y a razón de
Fallo
se declara: l.- Que se condena a Martín De Jesús López Pinto, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al 1° de la Ley 20.000, perpetrado en esta Código: HBXXLLXKTD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdicción el día 7 de mayo de 2023, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a diez (10) unidades tributarias mensuales. II.- Que tanto la pena corporal como la multa, ésta última de manera sustitutiva y a razón de tres días por cada unidad tributaria mensual, se tendrán por cumplidas con el mayor tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, ascendiendo el abono en su favor a ciento nueve (109) días y la pena corporal y pecuniaria a noventa y uno (91). III.- Que se decreta el comiso de los efectos e instrumentos del ilícito. IV.- Que se exime del pago de las costas de la causa al sentenciado. Dese oportuno cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrense y archívense los antecedentes en su oportunidad. Intervinientes renuncian a los plazos. Se dejan sin efecto las medidas cautelares, ofíciese. Dirigió la audiencia y dictó sentencia d
Texto Completo (Preview)
RUC : 2300493031-2 RIT : 1167 – 2023 MAGISTRADO : MARCELA ALEJANDRA SOTO GALDAMES NOMBRE IMPUTADO : MARTÍN DE JESÚS LÓPEZ PINTO CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.560.097-3 DOMICILIO : Calle Párroco Francisco Belmar Nº 664, Lampa. FISCAL : EDUARDO ARRIETA LEIVA DEFENSA PRIVADA : FELIPE BOURBOUZE ZÚÑIGA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Diez de enero de dos mil veinticuatro
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