GARCIA/MENDOZA
Rol
T-628-2021
Fecha
11 de abril de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Descanso días festivos, Descanso dominical, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Dickson Dionel Useche Niño Exhibición de documentos: La parte denunciada exhibe a la denunciante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1) Contratos y/o anexos de contrato de trabajo Carlos Eduardo García Sandrea 2) Comprobante de pago de remuneraciones y medio por el cual realizaban el pago de las remuneraciones al trabajador de los periodos comprendidos entre 19 de febrero 2020 al 20 de abril 2021. 3) Libro auxiliar de remuneraciones del mes anterior a la desvinculación del trabajador. 4) Balance general 2020 y 2021 5) Comprobantes de feriados legales. 6) Libro y/o Registro de asistencia del trabajador. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal pertinente atendido que la parte demandada no ha exhibido los documentos solicitados exhibir. La parte denunciada NO incorporó medios de prueba dada su rebeldía. Observaciones a la prueba: La parte demandante realiza las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. y vistos los artículos 1,2,3,5, 7, 8,10,22, 32, 41, 63, 67, 73, 160 número 1, 5 y 7, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420 y siguientes del código del trabajo y especialmente el 485 y siguientes del código del trabajo y también lo previsto en el artículo 19 numero 1 y número 16 de la constitución política, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de auto despido interpuesta por don CARLOS EDUARDO GARCIA SANDREA, cedula de identidad, 27.112.143-1, en contra del ex empleador RODRIGO RICARDO MENDOZA MARTINEZ, cedula de identidad, 8.530.547-6, en cuanto se declara que entre las partes existió u
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de auto despido interpuesta por don CARLOS EDUARDO GARCIA SANDREA, cedula de identidad, 27.112.143-1, en contra del ex empleador RODRIGO RICARDO MENDOZA MARTINEZ, cedula de identidad, 8.530.547-6, en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 20 de febrero de 2020 y hasta el día 20 de abril de 2021, fecha esta última en que el actor pone termino al contrato por el auto despido de fecha 20 de abril de 2021, el cual se encuentra justificado y además se declara que el auto despido es nulo y en consecuencia el demandado deberá pagar al trabajador las siguientes prestaciones: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $560.000. 2) Remuneración de 20 días de abril 2021, por la suma de $392.000.- 3) La indemnización por 1 año de servicio por la suma de $560.000.- 4) El recargo legal del 50% por la suma de $280.000.- 5) Las horas extras (132), por la suma de $574.992.- 6) El feriado legal y proporcional por la suma de $439.413.- II. Que se rechaza la demanda de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido presentada por CARLOS EDUARDO GARCIA SANDREA, en contra de RODRIGO RICARDO MENDOZA MARTINEZ, ya individualizados. III. Que se rechaza la demandada de daño moral planteada por CARLOS EDUARDO GARCIA SANDREA, en contra de RODRIGO RICARDO MENDOZA MARTINEZ, ya individualizados. IV. Que se acoge igualmente la demanda de nulidad del despido y se ordena que se pag
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA LABORAL FECHA 08 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 12 RUC 21-4-0335203-6 RIT T-628-2021 JUEZA MARITZA VASQUEZ DIAZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 12.39 HORAS HORA DE TERMINO 14.45 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140335203-6-1349-220408-01 PARTE
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