2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PINO/TRANSPORTES GRUPO CHILE SPA

Rol

O-2733-2021

Fecha

8 de abril de 2022

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 8 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 21-4-0335209-5 RIT O-2733-2021 MAGISTRADO VÍCTOR COVARRUBIAS SUÁREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 13:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:07 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140335209-5-1349-220408-00 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECEN VÍCTOR MANUEL NIEVA ÓRDENES ERIC ANDRÉS PINO SAAVEDRA ABOGADO PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE FELIPE EDUARDO ALTAMIRANO GONZALEZ FORMA DE NOTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO PARTE DEMANDADA 1. TRANSPORTES TACC MINING LIMITADA 2. TRANSPORTES TACC CARGO S.A. 3. TRANSPORTES VIA BUS LIMITADA FORMA DE NOTIFICACIÓN ESTADO DIARIO TRANSPORTES E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA 1. FORMA DE NOTIFICACIÓN ESTADO DIARIO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que no comparecen a la presente audiencia todas las demandadas, estando válidamente notificadas. Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva.   Parte resolutiva: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 67, 73, 160, 162, 163, 171, 446 a 459 y 507, todos del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se rechaza la excepción de inoponibilidad opuesta por las demandadas SERVICIOS ADMINISTRATIVOS CONTABLES Y FINANCIEROS LIMITADA; TRANSPORTES TACC CARGO S.A.; TRANSPORTES TACC MINNING S.A.; TRANSPORTES VIA

Fundamentos

considerando UNDÉCIMO. d) Que se condena a la demandada TRANSPORTES TACC CARGO S.A. al pago de las siguientes prestaciones laborales al demandante señor ERIC ANDRÉS PINO SAVEDRA: 1. Indemnización sustitutiva del mes de aviso previo por $866.188; 2. Indemnización por 2 años de servicio por $1.732.376; 3. Recargo legal del 50% de la indemnización anterior equivalente a $866.188; 4. Feriado legal adeudado (42 días) por $606.331; 5. Feriado proporcional adeudado (17.7 días corridos) por $511.051; y 6. Cotizaciones de seguridad social –en vejez, salud y cesantía– conforme al detalle señalado en el considerando UNDÉCIMO. V.- Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente sentencia devengarán los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VI.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás, especialmente en lo relativo a que la demandada TRANSPORTES GRUPO CHILE SPA forme parte de la Unidad Económica declarada. VII.- Que cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día y –en caso contrario– estese a lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT O-2733-2021 RUC 21-4-0335209-5 Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don Víctor Covarrubias Suárez, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ocho de abril de dos mil veintidós.

Fallo

se resuelve: I.- Que se rechaza la excepción de inoponibilidad opuesta por las demandadas SERVICIOS ADMINISTRATIVOS CONTABLES Y FINANCIEROS LIMITADA; TRANSPORTES TACC CARGO S.A.; TRANSPORTES TACC MINNING S.A.; TRANSPORTES VIA BUS S.A. y TRANSPORTES EXPRESO NORTE AC LIMITADA. II.- Que se rechazan las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por las demandadas SERVICIOS ADMINISTRATIVOS CONTABLES Y FINANCIEROS LIMITADA; TRANSPORTES EXPRESO NORTE AC LIMITADA; TRANSPORTES RUTA NORTE LIMITADA; TRANSPORTES TACC CARGO S.A.; TRANSPORTES TACC MINNING S.A.; TRANSPORTES VÍA BUS S.A.; PEDRO GILBERTO CARRIZO ROJAS y ALEJANDRO GILBERTO CARRIZO CARRIZO. III.- Que se declara que las demandadas 1) SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, CONTABLES Y FINANCIEROS LIMITADA; 2) TRANSPORTES EXPRESO NORTE AC LIMITADA; 3) TRANSPORTES RUTA NORTE LIMITADA; 4) TRANSPORTES TACC CARGO S.A.; 5) TRANSPORTES TACC MINNING S.A.; 6) TRANSPORTES VÍA BUS S.A.; 7) TRANSPORTES NORTE GRANDE S.A.; 8) TRANSPORTES E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA; 9) PEDRO GILBERTO CARRIZO ROJAS y 10) ALEJANDRO GILBERTO CARRIZO CARRIZO constituyen un solo empleador para los efectos laborales y previsionales, conforme lo señalado en el inciso 4° del artículo 3° del Código del Trabajo, quedando todas ellas solidariamente obligadas al pago de todas las prestaciones que ordena esta sentencia. IV.- Que se acoge parcialmente la demanda de despido indirecto y nulo, además del cobro de prestaciones, interpuesta por VÍCTOR MANUEL NI

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ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 8 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 (VIRTUAL) RUC 21-4-0335209-5 RIT O-2733-2021 MAGISTRADO VÍCTOR COVARRUBIAS SUÁREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 13:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:07 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140335

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