1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo.

PATRICIO ALEJANDRO ARRUE ARRIAZA C/ JUAN CARLOS CORNEJO GONZÁLEZ

Rol

O-954-2022

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 número 6 y 9, 15, 30, 60, 69, 70 del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 341, 342, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 2, 110 y 196 de La Ley 18.216; artículos 1 y 4 de la ley 18.216. Se declara: I.- Que se condena a Juan Carlos Cornejo González, ya individualizado, a la pena de 300 días de presido menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de una unidad tributaria mensual, accesoria especial de suspensión de licencia de conducir por el período de 36 meses, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado desarrollo consumado del delito de manejo en estado con resultado de lesiones menos graves, cometido el día 15 de junio de 2022, en territorio jurisdiccional de este tribunal.- II. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en los artículos 1 y 4 de la Ley 18.216, se le va a otorgar la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena quedando sujeto a la supervigilancia y control de Gendarmería de Chile por el periodo de un año, debiendo presentarse el día jueves 11 de enero de 2024, a las 10:00 horas en Centro de Detención Preventiva de Peumo para el debido registro y control. III. Que le servirá de abono el tiempo que ha permanecido sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno parcial en modalidad de 12 horas, a razón de 82 días, los que le servirán de abono solo en el evento de serle revocada la pena sustitutiva precedentemente otorgada. IV. Ofíciese al Registro Nacional de constructores del Registro civil. V. Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido las reglas del procedimiento simplificado y haber sido representado por la defensoría penal pública. VI.

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a Juan Carlos Cornejo González, ya individualizado, a la pena de 300 días de presido menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de una unidad tributaria mensual, accesoria especial de suspensión de licencia de conducir por el período de 36 meses, por su responsabilidad en calidad de autor y en grado desarrollo consumado del delito de manejo en estado con resultado de lesiones menos graves, cometido el día 15 de junio de 2022, en territorio jurisdiccional de este tribunal.- II. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en los artículos 1 y 4 de la Ley 18.216, se le va a otorgar la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena quedando sujeto a la supervigilancia y control de Gendarmería de Chile por el periodo de un año, debiendo presentarse el día jueves 11 de enero de 2024, a las 10:00 horas en Centro de Detención Preventiva de Peumo para el debido registro y control. III. Que le servirá de abono el tiempo que ha permanecido sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno parcial en modalidad de 12 horas, a razón de 82 días, los que le servirán de abono solo en el evento de serle revocada la pena sustitutiva precedentemente otorgada. IV. Ofíciese al Registro Nacional de constructores del Registro civil. V. Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido las reglas del procedimiento simplificado y haber sido r

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. AUDIENCIA: P. Abreviado. Fecha En Peumo ocho de enero de dos mil veinticuatro Magistrado CRISTOBAL ANDRES GELDUN MANSILLA Fiscal Andrés

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