FISCALIA IQQ C/ JOSE RAFAEL JIMENEZ JIMENEZ
Rol
O-3790-2023
Fecha
8 de enero de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 06 de julio del año 2023, siendo las 17:00 horas aproximadamente en calle Orella con Barros Arana la comuna de Iquique, los imputados Jose Rafael Jiménez Jiménez y Miguel Francisco Gonzalez Hernandez, se acercan a la víctima de iniciales D.M.M.J., de 17 años de edad al cual intimidan con un objeto cortante que mantenía Miguel Francisco Gonzalez Hernandez en uno de sus bolsillos mientras Jose Rafael Jiménez Jiménez le registraba los bolsillos a fin de sustraer especies con ánimo de lucro, apropiándose específicamente en el polerón un celular y unos audífonos de propiedad de la víctima los cuales fueron sustraídos abandonando el lugar en propiedad de estas especies.” SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia.” SE DECLARA: Que se condena a JOSE RAFAEL JIMENEZ JIMENEZ, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 0014888072-7 y MIGUEL FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 0028186544-7, ambos ya individualizados, como autores del delito consumado de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero del Código Penal, ocurrido en Iquique, el día 06 de julio de 2023, a sufrir cada uno de ellos la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo Desde el día 07 de julio del año 2023 a la fecha y más el tiempo que transcurra hasta su expulsión. Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar) Dentro del plazo de 120 días desde que quede ejecutoriada la presente sentencia, expulsión que queda a cargo del Ministerio d
Fallo
SE DECLARA: Que se condena a JOSE RAFAEL JIMENEZ JIMENEZ, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 0014888072-7 y MIGUEL FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 0028186544-7, ambos ya individualizados, como autores del delito consumado de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero del Código Penal, ocurrido en Iquique, el día 06 de julio de 2023, a sufrir cada uno de ellos la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo Desde el día 07 de julio del año 2023 a la fecha y más el tiempo que transcurra hasta su expulsión. Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar) Dentro del plazo de 120 días desde que quede ejecutoriada la presente sentencia, expulsión que queda a cargo del Ministerio del Interior y Código: EYDBXLHMVFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Seguridad Pública o del organismo correspondiente MODIFICATORIAS RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES Articulo 11 N° 9 Código Penal AGRAVANTES NO HAY PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS PERIODO Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos Perpetua Inhabilitación absoluta para cargos u oficio públicos 4 años Toma de muestra ADN COSTAS NO CONDENA EN COSTAS Cúmplase oportunamente con el artículo 468 del Código Procesal Penal y, en su caso, con lo previsto en el artícu
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha Iquique, ocho de enero de dos mil veinticuatro Magistrado VICENTE ANTONIO MURATORI QUEZADA Fiscal JULIO RODRIGO SANCHEZ MEZA Defensor ALINY LOREN GARCÉS PINTO Hora inicio 10:35 AM Hora termino 10:52 AM Sala SALA 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta JIG/E.M.A. RUC 2300732643-2 RIT 3790 – 2023 Delito Robo con intimidación N
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