Juzgado de Garantía de Curacaví

MINISTERIO PUBLICO C/ JONATHAN CLAUDIO AROS PULGAR

Rol

O-1302-2022

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de octubre del año , a las . horas aproximadamente en la Ruta G- F, específicamente en Callejón La escuela Sector Chorombo Bajo, comuna de María Pinto, los imputados don Jonathan Claudio Aros Pulgar e Ybais José Martínez Parra, junto a otros sujetos que huyeron del lugar, fueron sorprendidos en posesión del tracto camión PPU GGPF- marca Volvo y su remolque tipo frigorífico, PPU JWLH- , el cual presta servicios a la empresa San Jorge y que tenía en su interior una carga avaluada en la suma de $ . . .- (cincuenta millones de pesos) vehículo que había sido sustraído momentos antes en un delito de robo con intimidación específicamente a las : horas en la avenida Américo Vespucio en dirección al Norte al llegar a la ruta norte, situación que los imputados conocían o no podían menos que conocer Código: BERSXLSVSCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Curacaví, ocho de enero de dos mil veinticuatro. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos , , N° , N° , , , , , Bis A del Código Penal; artículos y siguientes del Código Procesal Penal y artículos de la ley . . SE DECLARA: I.- Que se condena a Ybais José Martínez Parra, C.I. N° . . - ya individualizado, como autor de un delito de receptación de especies del artículo bis A del Código Penal, en grado consumado, cometido el veinticinco de octubre de dos mil veintitrés en esta jurisdicción a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, más accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público y multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la que se tendrá por cumplida, en atención al día que estuvo privado de libertad en este procedimiento, a saber entre el y de octubre de . II.- Que, por cumplir el sentenciado los requisitos del artículo de la Ley N° . , se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando suje

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a Ybais José Martínez Parra, C.I. N° . . - ya individualizado, como autor de un delito de receptación de especies del artículo bis A del Código Penal, en grado consumado, cometido el veinticinco de octubre de dos mil veintitrés en esta jurisdicción a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, más accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público y multa a beneficio fiscal de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la que se tendrá por cumplida, en atención al día que estuvo privado de libertad en este procedimiento, a saber entre el y de octubre de . II.- Que, por cumplir el sentenciado los requisitos del artículo de la Ley N° . , se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando sujeto al control administrativo y asistencia del CRS SANTIAGO OCCIDENTE ubicado en Monumento N° , comuna de Maipú por el término de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS, debiendo cumplir además las condiciones establecidas en el artículo ° de la Ley . . Para dichos efectos, deberá presentarse en el CRS referido el de enero del año en curso, dejándose constancia que en el evento de revocación o quebrantamiento, se debe considerar como abono el tiempo de cumplimiento de la misma. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas del juicio, por haber admitido someterse a las reglas del procedimiento abreviado, lo que evitó la realización de un juicio oral y públic

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - NOMBRE IMPUTADO : YBAIS JOSE MARTINEZ PARRA CEDULA DE IDENTIDAD : - FISCAL : PAUL MARTINSON GARCÍA DEFENSOR : EDUARDO SAAVEDRA DÍAZ TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : ocho de enero de dos mil veinticuatro TIPO DE RESOLUCIÓN : Sentencia de Procedimiento Abreviado ATENUANTE : Artículo N° del Código Penal, por su colaboración en este procedimiento. Artícu

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