Juzgado de Garantía de Villarrica.

MINISTERIO PÚBLICO C/ MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ

Rol

O-412-2023

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica la Fiscal CARMEN VALDEVENITO HUENCHUÑIR, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ, cedula nacional de identidad Nº16.146.032-K con domicilio registrado en el tribunal,representado por el defensor penal pública RIGOBERTO ORTIZ PELIZARI La acusación fue presentada por la participación que estima el Ministerio Público le corresponde en calidad de autor del ilícito de Hurto prescrito y sancionado en el artículo 446 Nª 3 del Código Penal, cometido por el imputado en calidad de AUTOR y en grado de desarrollo CONSUMADO. El Ministerio Público fundó su imputación en los siguientes hechos: “El día 01 de marzo del 2023 alrededor de las 19.50 horas, doña MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ ingreso al interior de tienda Corona ubicada en Camilo Henríquez N°364, Villarrica, premunida dos bolsos negro tipo cartera procediendo a sustraer diversas prendas de vestir, las que ocultó en estos bolsos que transportaba consigo, específicamente un pantalón tipo buzo pitillo marca axion color negro, un polerón marca axion tipo tortuga color crema, un polerón marca axion tipo tortuga color negro, una polera marca geolander color rosado, especies que ocultó en estos bolsos y que luego sale huyendo de local comercial, traspasando las paletas de seguridad sin pagar el valor de las especies, huyendo en Código: TJNWXLTQXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dirección al sur con las especies en su poder, siendo detenida momentos más tardes por funcionarios de carabineros con las especies sustraídas en su poder.” El Ministerio Público pidió se condene al acusado por el ilícito de hurto del artículo 446 Nº 3 del código penal a la pena sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 U.T.M. más accesorios legales. Agrego que, concurre la circunstancia del articulo 11 Nª 9 y 12 N° 1 6 del código penal. SEGUND

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340,, 446 Nª 3 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 11 N°9, 12 N° 16, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, y de la Ley 18.216, se RESUELVE I.- Que se condena a MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ, cedula nacional de identidad Nº16.146.032-K como autor de un delito de hurto del articulo 446 Nª 3 del código penal grado de desarrollo consumado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO Y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena. Por los hechos acaecidos el día 1 de Marzo de 2023. Código: TJNWXLTQXXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que atendido el mayor tiempo que permaneció privado de libertad la pena de multa se dará por cumplida. II.- Reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, y concurriendo la voluntad expresa del imputado se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 80 HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo el imputado presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Villarrica, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme o ejecutoriada bajo apercibimiento legal de detención en su contra. El delegado de Gendarmería de C

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C/ MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ HURTO 446 Nª 3 codigo penal R.U.C. 2300231507-6 R.I.T. 412-2023 ___________________________________ / Villarrica, ocho de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica la Fiscal CARMEN VALDEVENITO HUENCHUÑIR, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARIBEL ANDREA MOYA LÓPEZ, cedula nacional d

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