Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

CHOCOLATERIA ENTRELAGOS LIMITADA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALDIVIA

Rol

I-5-2022

Fecha

7 de abril de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y Oídos: Primero: Que don Cristóbal Allende Labbé, abogado, cédula nacional de identidad n°19.202.432-3, en representación de Chocolatería Entrelagos S.A., RUT 89.524.800-2, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Aurelio González n° 3390, piso 2, comuna de Vitacura, interpuso reclamación judicial en contra de la Resolución de Multa Nº 4499/21/39, de fecha 30 de noviembre de 2021, cursada por la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, entidad de derecho público, representada legalmente por don Paulo Gutierrez Menschel, empleado público, ambos con domicilio para estos efectos en venida Ramón Picarte Nº 608 piso 2 (edificio Dicrep), Valdivia. Solicitó se deje sin efecto la multa cursada, con costas, fundándose en síntesis en que la fiscalizadora actuó fuera de su competencia interpretando las cláusulas de vigencia y reajustabilidad de los contratos colectivos dándoles un alcance que no fue el acordado por las partes; y en que la multa impuesta es un acto administrativo que adolece de nulidad. Segundo: Que la Inspección del Trabajo pidió el rechazo del reclamo. Señaló que los hechos constatados se encuentran en el informe de exposición. Se trata de un hechos infraccional. La fiscalizadora no hizo interpretación del contrato colectivo sino que solo constató un hecho y ejerció sus facultades. Tercero: Que se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo. Cuarto: Que por la parte demandante se rindió las siguientes pruebas: Documental: 1. Contrato Colectivo de trabajo suscrito por el Sindicado N°1 de Trabajadores de la Empresa Chocolatería Entrelagos Ltda. y Chocolatería Entrelagos S.A., de fecha 21 de septiembre de 2018, con sus respectivos anexos N°1 “Nómina de Trabajadores Afectos al Contrato Colectivo” y N°2 “Sueldo Base de Trabajadores Afectos al Contrato Colectivo. 2. Contrato Colectivo de trabajo de 26 de septiembre de 2014 (Se había ofrecido el de octubre de 2021). 3. Contrato Colectivo de trabajo

Fundamentos

motivos plausibles para litigar, no se le condenará en costas Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 420, 496 y siguientes, 456, 459, 503, 505 y siguientes; DFL 2 de 1967 que Fija las Funciones de la Dirección del Trabajo; y artículo 144 del código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: 1.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Cristóbal Allende Labbé, abogado, en representación de Chocolatería Entrelagos S.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, en cuanto se deja sin efecto la Resolución de Multa Nº 4499/21/39, de 30 de noviembre de 2021. 2.- Que cada parte pagará sus costas. Anótese, regístrese, y archívese en su oportunidad. RIT: I-5-2022 CHOCOLATERIA ENTRELAGOS LI F. Ing.: 04/02/2022 RUC: 22-4-0383650-1 Proc.: Reclamo Monitorio Form.Inicio: Reclamo Dictada por doña Alodia Prieto Góngora, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia a 7 de abril de 2022, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, siete de abril de dos mil veintidós. Visto y Oídos: Primero: Que don Cristóbal Allende Labbé, abogado, cédula nacional de identidad n°19.202.432-3, en representación de Chocolatería Entrelagos S.A., RUT 89.524.800-2, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Aurelio González n° 3390, piso 2, comuna de Vitacura, interpuso reclamación judicial en contr

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