1º Juzgado Civil de Santiago

INVERSIONES E INMOBILIARIA RIO DEVA LIMITADA/GONZÁLEZ

Rol

C-4599-2020

Fecha

31 de diciembre de 2020

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece, MAXIMILIANO JOSE SERDIO FERNANDEZ, ingeniero comercial, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA RIO DEVA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio en Avenida Luis Pasteur N°7469, departamento 4-B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, deduciendo demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento por falta de pago de rentas en contra de RICARDO GONZALEZ VILLABLANCA, empresario, con domicilio en Avenida Pedro de Valdivia N° 2785, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana. Expone que su representada con fecha 18 de noviembre de 2015, celebró un contrato de arrendamiento de bien inmueble con don RICARDO C-4599-2020 Foja: 1 GONZÁLEZ VILLABLANCA, por la propiedad ubicada en Avenida Pedro de Valdivia Nº2785, comuna de Ñuñoa, Santiago. Región Metropolitana. Dicho contrato comenzó a regir el día 18 de noviembre de 2015 y tendría una duración de 10 años, esto es, hasta el 17 de noviembre de 2025, plazo que se entendería prorrogado sucesiva y automáticamente por períodos de un año. Añade que la renta de arrendamiento mensual se pactó, a partir del día primero del mes de marzo de 2017, en la suma equivalente en pesos moneda nacional de 86 Unidades de Fomento, renta que incrementaría en un 2,2% del total de las ventas mensuales netas efectuadas en la propiedad arrendada cuando estas ventas superen los $ 10.000.000.- (diez millones de pesos) y que para efectos de calcular el componente variable de la renta pactada, el arrendatario se obligó a enviar mensualmente al arrendador copia del formulario número 29 de Declaración Mensual de Servicio de Impuestos Internos con las ventas correspondientes a la o las patentes comerciales registrada en la propiedad. Asimismo, se estipuló que la renta pactada se pagaría por mes anticipado, dentro de los primeros cinco días corridos de cada mes, a contar de la C-4599-2020 Foja: 1 fecha de su inicio, en el domicilio de la arrendadora. Continua exponiendo que la arrendad

Fundamentos

considerando el tiempo en que el arrendatario no paga las rentas y que se le dio oportunidad de llegar a un acuerdo, sin resultados. Acto seguido la parte demandante ratifica la demanda principal en todas sus partes, solicitando que sea acogida íntegramente, con expresa condena en costas. El tribunal efectúa la segunda reconvención de pago, y no se produce por rebeldía del demandado. C-4599-2020 Foja: 1 Se continua con la audiencia proveyendo escritos presentados por la parte demandada con fecha 29 de septiembre de 2020, de folio 16 y de folio 17. A folio 16, opone en lo principal excepciones dilatorias de falta de legitimación pasiva y la de corrección del procedimiento, numeral 6° del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, fundadas en la inobservancia del numeral 4° del artículo 254 del texto legal citado dado que en el presente proceso se demanda a Ricardo González Villablanca siendo que por propio acuerdo suscrito por las partes la arrendataria o subarrendataria del inmueble en cuestión es Servicios Gastronómicos González y Manríquez Limitada, debiendo corregirse en tal sentido la demanda deducida en autos por el actor. En el primer otrosí, contesta demanda solicitando el rechazo de la misma, con costas, alegando que la transacción extrajudicial celebrada por las partes por instrumento privado de fecha 10 de diciembre de 2019 es nula de nulidad absoluta por falta o ausencia de objeto según los fundamentos que latamente expone al efecto. C-4599-2020 Foja: 1 En segundo otrosí, deduce demanda reconvencional alegando que previo a la entrega del inmueble arrendado el actor deberá restituir el valor de las plantaciones, edificaciones y mejoras efectuadas en el mismo, reservando la discusión relativo al monto a la etapa de cumplimiento o en su defecto, para el rechazo de la reserva, fija dicho monto que indica o en la suma que se prudencialmente se determine de acuerdo al mérito del proceso. En cuarto otrosí, solicita sustitución del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 681 del Código de Procedimiento Civil fundado en que existen los motivos para ello. A escrito de folio 16 se le resolvió de la siguiente manera: A lo principal, segundo y cuarto otrosí: Traslado; al primer otrosí: Téngase por contestada la demanda; al tercer otrosí: Por acompañado documento, a sus antecedentes. En cuanto a exhibición de documentos solicitada, atendido que la parte demandada no concurrió a la presente audiencia a ratificar su prueba, y que la solicitud dice relación con la forma en que se fijaba y cobraba la renta el contrato de arrendamiento suscrito por las partes ello podrá ser C-4599-2020 Foja: 1 objeto de una medida para mejor resolver en caso de que fuere pertinente, y que asimismo dicha situación dice relación con la forma en que se pagaba o se paga la renta lo que es materia de liquidación de la deuda en la etapa de cumplimiento, por lo que se niega lugar a dicha diligencia probatoria. En relación a los oficios solici

Fallo

se declara y se deja constancia en acta que; el apoderado de la parte demandada informó vía correo electrónico al tribunal que por la mañana se encontraba en una audiencia de familia solicitando “…explorar la posibilidad de esperar la conclusión de dicha audiencia, para poder intervenir en la que se debe desarrollar a las 12 hrs.”, a lo que se le contestó que de no poder asistir a la presente audiencia estaba la posibilidad de designar a otro apoderado, más allá del conocimiento que pueda tener este en la presente causa, y que la suspensión de la audiencia decretada se podría plantear directamente a los apoderados de la parte demandante y que al correo el abogado y apoderado de la parte demandada no contestó en la búsqueda de una solución. El tribunal atendido el mérito y estado procesal de autos da curso a la presente audiencia C-4599-2020 Foja: 1 declarando desde ya que habiendo acompañado la parte demandada escrito en el cual plantea excepción de previo y especial pronunciamiento, contesta demanda, deduce demanda reconvencional, acompaña documentos y solicita sustitución del procedimiento para los efectos legales a que hubiere lugar se resolverían en la audiencia según el orden consecutivo legal de la misma. Los apoderados de la parte demandante dan cuenta que en el tiempo de suspensión solicitado no se llegó a ningún acuerdo dado que la parte demandada no propuso ninguna solución y que pidió reuniones las que le fueron concedidas pero sin aportar antecedentes concretos

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C-4599-2020 Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4599-2020 CARATULADO : INVERSIONES E INMOBILIARIA RIO DEVA LIMITADA/GONZ LEZÁ Santiago, treinta y uno de Diciembre de dos mil veinte VISTO: A folio 1, comparece, MAXIMILIANO JOSE SERDIO FERNANDEZ, ingeniero comercial, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA RIO DEVA LIMIT

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