Juzgado de Garantía de Antofagasta.

ROXANA DEL CARMEN FERNÁNDEZ CABALLERO C/ JONATHAN CANO GONZALEZ

Rol

O-13997-2019

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492.

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho: “El día 04 de Agosto de 2018, aproximadamente a las 08:00 horas, el requerido ya individualizado, conducía el vehículo P.P.U. GBDS-70, por Avenida Iquique de esta ciudad, en dirección al norte y al llegar a calle Rio de Janeiro viró hacia la izquierda sin respetar el derecho preferente de paso atropellando a la víctima Roxana del Carmen Fernández Caballero mientras cruzaba la calzada por un paso peatonal demarcado en cruce regulado por semáforos. A raíz de estos hechos la víctima resultó con Luxufractura de tobillo derecho, con pronóstico médico legal de carácter grave, según da cuenta el informe de lesiones N° 389/2018 del Servicio Médico Legal de Antofagasta.” A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos de un ilícito de constituyen un CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES, prescrito y sancionado en el artículo 492 en relación al artículo 490 N° 2 del Código Penal y artículos 108, 140, 167 Nº 10, de la ley 18.290, en grado de consumado y en que se le atribuye al imputado participación en calidad de autor, por lo que solicita se imponga la pena de 300 días de reclusión menor en su grado mínimo, 1 año de suspensión de la licencia de conducir, accesorias legales y costas, de conformidad con el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal. Señala el requerimiento que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior. TERCERO: Que habiéndose realizado por el Tribunal la interrogación al imputado en torno a si reconocía Código: YDFQXKXJRKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad en el requerimiento, éste asistido por su abogado, declaró expresa e informadamente que “NO” admitía responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y solicitaba la realización de la audiencia. Que así las cosas se realizó la preparación del juicio oral simplificado, fijándose co

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: YDFQXKXJRKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, con fecha dos de octubre de dos mil diecinueve, ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, se ha tramitado la causa RIT Nº13997-2019, RUC Nº 1910065215-6, de conformidad a las normas del procedimiento simplificado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que, con fecha 11 de diciembre de 2019, doña Roxana del Carmen Fernández Caballero, presentó querella y luego, el Ministerio Público, con fecha 1 de agosto de 2016 presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don JONATHAN CANO GONZALEZ, cédula de identidad N° 24.219.731-3, se desconoce profesión u oficio, con domicilio en Calle Anacleto Solorza N° 8817, Antofagasta, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: “El día 04 de Agosto de 2018, aproximadamente a las 08:00 horas, el requerido ya individualizado, conducía el vehículo P.P.U. GBDS-70, por Avenida Iquique de esta ciudad, en dirección al norte y al llegar a calle Rio de Janeiro viró hacia la izquierda sin respetar el derecho preferente de paso atropellando a la víctima Roxana del Carmen Fernández Caballero mientras cruzaba la calzada por un paso peatonal demarcado en cruce regulado por semáforos. A raíz de estos hechos la víctima resultó con Luxufractura de tobillo derecho, con pronóstico médico legal de carácter grave, según da cuenta el informe de lesiones N° 389/2018 del Servicio Médico Legal de Antofagasta.” A juicio del Ministerio Público los hechos descritos son constitutivos de un ilícito de constituyen un CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES, prescrito y sancionado en el artículo 492 en relación al artículo 490 N° 2 del Código Penal y artículos 108, 140, 167 Nº 10, de la ley 18.290, en grado de consumado y en que se le atribuye al imputado participación en calidad de autor, por lo que solicita se imponga la pena de 300 días de reclusión menor en su grado mínimo, 1 año de suspensión de la licencia de conducir, accesorias legales y costas, de conformidad con el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal. Señala el requerimiento que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior. TERCERO: Que habiéndose realizado por el Tribunal la interrogación al imputado en torno a si reconocía Código: YDFQXKXJRKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad en el requerimiento, éste asistido por su abogado, declaró expresa e informadamente que “NO” admitía responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y solicitaba la realización de la audiencia. Que así las cosas se realizó la preparación del juicio oral simplificado, fijándose como hechos de la acusación los mismos del requerimiento y se recibieron los alegatos de apertura en el cual el Minister

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, SE ABSUELVE a JONATHAN CANO GONZALEZ, cédula de identidad N° 24.219.731-3, de ser autor de un cuasidelito de lesiones graves, en grado de consumado, por hechos ocurridos en esta jurisdicción, el día cuatro de agosto de dos mil dieciocho. II.- Que, habiendo tenido el Ministerio Público motivo plausible para litigar, se le exime del pago de las costas de la causa. Anótese, regístrese y archívese si no se recurriere de nulidad. Los intervinientes quedan en este acto notificados de la presente sentencia conforme a la lectura de la misma. RIT: 13997-2019 RUC: 1910065215-6 Dictada por don ANDRES SANTELICES JORQUERA, Juez de Garantía. Código: YDFQXKXJRKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-05T16:03:26-0300

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha Antofagasta., cinco de enero de dos mil veinticuatro Magistrado ANDRES SANTELICES JORQUERA Fiscal CARMEN CASTILLO RIVERA Defensor ANDREA ROZAS CHACANA, no comparece. Hora inicio 12:14PM Hora termino 12:16PM Sala QUINTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta CNP RUC 1910065215-6 RIT 13997 - 2019 (NO COMPARECE) NOMBRE IMP

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