SÁEZ/TEAM SERVICE FOOD CHILE S.A
Rol
O-4650-2021
Fecha
7 de abril de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. Mónica Andrea Véliz Restelli, RUT N°10.343.573-0. Oficios: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1. PREVIRED Exhibición de documentos: Atendida la incomparecencia de la demandada, la parte demandante solicita al Tribunal hacer efectivo el apercibimiento legal respectivo, el Tribunal deja su resolución para definitiva, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva: Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con los artículos 1, 7, 8, 162, 171, 168 y 453 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que se declara justificado el despido indirecto presentado por la demandante en contra de la empresa demandada con fecha 17 de agosto del año 2021. En atención a esta decisión, se declara que se adeudan a la actora las siguientes prestaciones de origen laboral: · Indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.094.967.- · Indemnización por años de servicio por $6.569.802.- · Recargo del artículo 171 del Código del Trabajo por la suma de $3.284.901.- · Feriado legal de los dos últimos períodos que no se acreditó su pago o su compensación $1.465.333.- II. Que las sumas indicadas en el acápite anterior deben ganar reajustes e intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que además se declara nulo el despido de que fue objeto la actora y, en consecuencia, queda obligada la demandada a enterar las cotizaciones previsionales pendientes de pago correspondientes a AFP MODELO: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2021; FONASA: enero febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2021 y AFC CHILE: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2021 y, asimismo, se seguirán devengando las remuneraciones y cotizaciones previsionales hasta que no se convalide legalmente el despido, a razón de una remuneración mensual de $1.094.967.- IV. Que se condena en costas a la parte demandada y se regulan las mismas en la suma prudencial de $400.000.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 07 DE ABRIL DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 (VIRTUAL) RUC 21-4-0351945-3 RIT O-4650-2021 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 11:20 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:36 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140351945-3-1349-220407
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