MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ ROBERT ALEXANDER LINARES
Rol
O-811-2023
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos constituirían, por una parte, respecto de todos los encartados, Código: XLNXKFXPKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 el delito consumado de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1º del Código Penal; respecto al encausado Wilton Ramírez Torres, el delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en los artículos 3 y 14 de la Ley 17.798; y, respecto del acusado Robert Parra Ramírez, los delitos consumados de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en los artículos 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798 y maltrato de obra a carabineros causando lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis Nº3 del Código de Justicia Militar. Que se atribuyó a los acusados, la calidad de autores de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, concurriendo respecto de todos los acusados, la circunstancia atenuante de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 Nº6 del Código Penal y perjudicando al acusado Wilton Ramírez Torres, la agravante prevista en el artículo 14 b) de la Ley 17.798. Conforme a ello, solicitó se imponga a todos los encartados por el delito de robo con violencia e intimidación, la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales y costas de la causa. Asimismo, se imponga por el delito de porte ilegal de arma de fuego prohibida al enjuiciado Wilton Ramírez, la pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales y costas. Por último, se imponga por el delito de porte ilegal de arma de fuego, al acusado Robert Parra, la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo y la pena de Código: XLNXKFXPKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de maltrato de obra a carabineros c
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha veintiséis y veintisiete de diciembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la jueza Paula Lorena Ortíz Saavedra, quien presidió la audiencia, junto a la jueza Llilian del Carmen Durán Barrera y la jueza Claudia Solange Lewin Arroyo, todas titulares del Tribunal, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT N°811-2023, RUC N°2300061600-1, seguida por un delito consumado de robo con violencia e intimidación en contra de los acusados 1) Robert Jesús Parra Ramírez, cédula de identidad para extranjeros N°14.894.461-K, venezolano, nacido el 19 de junio de 2004, 19 años, soltero, independiente, domiciliado en Campamento Israel, casa 3, Antofagasta; 2) Wilton José Ramírez Torres, cédula de identidad para extranjeros N°14.895.151-9, venezolano, nacido el 19 de noviembre de 1990, 34 años, soltero, mecánico, domiciliado en Campamento Israel, casa 3, Antofagasta; y, 3) Robert Alexander Linares, cédula identidad para extranjeros N°14.887.560-K, venezolano, nacido el 15 de abril de 1988, 35 años, soltero, independiente, domiciliado en Campamento Israel, casa 3, Antofagasta y para los efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal, fijó el domicilio de su defensa en Calle Washington N°2675, oficinas 1003 y 1002, Antofagasta. Asimismo, se siguió el juicio en contra del acusado Robert Jesús Parra Ramírez, por los delitos consumados de porte ilegal de arma de Código: XLNXKFXPKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 fuego, previsto y sancionado en los artículos 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798 y de maltrato de obra a carabineros causando lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis del Código de Justicia Militar. Finalmente, se tramitó el juicio en contra de Wilton Ramírez Torres, por el delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en los artículos 3 y 14 de la Ley 17.798. El Ministerio Público actuó representado por el fiscal Cristian Aguilar Aranela; la querellante, por la abogada Francisca Tello Nievas, del Centro de Apoyo de Víctimas de la Subsecretaría de Prevención del Delito; en tanto que la defensa del acusado Wilton Ramírez Torres, estuvo a cargo de la defensora particular, Cristina Gallegos Orellana; la defensa del acusado Robert Parra Ramírez, a cargo de la defensora penal licitada, Margarita Angulo Huerta; y, el acusado Robert Linares, a cargo de la defensora particular, Sandra Juárez González, todos con domicilios, correos electrónicos registrados y conocidos de este Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, la acusación del Ministerio Público, se sostuvo sobre los siguientes hechos, según relación que de los mismos consta en el auto de apertura de juicio oral de fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés y que se transcriben textualmente: “El día 16 de enero de 2023, alrededor de l
Fallo
se acuerda el color de sus vestimentas. El que estaba en la puerta estaba con polerón oscuro, negro, y el otro también era oscuro. Había otro con polerón claro. Explicó que los que sacaron arma, fueron, el que se quedó en la puerta y el otro que estaba detrás del que les ofreció vender el oro -el segundo- más bajo. Agregó que el más bajo -que no estaba en la puerta- le puso el arma en el pecho, apuntándola y los arrinconaron hacia el taller. Indicó que después de eso tiene bloqueo. Luego, vio por el video que la tomaron del pelo y que uno de ellos le pegó en la espalda. Indicó que sustrajeron distintas cosas de oro, pulseras, cadenas, joyas de enchape de oro y relojes. A su compañero, le robaron sus cosas personales y los celulares. Declaró ante personal de Carabineros, reconociendo ante ellos, a quienes participaron en el hecho, los tres que fueron detenidos. Indicó que se recuperaron la gran mayoría de las especies. Se le exhibió una fotografía, reconociendo las especies sustraídas y recuperadas. En la audiencia reconoció a los tres acusados, vestidos con polerón azul con letras blancas -Ramírez- con polerón gris - Parra- y con polera roja y chaqueta café -Linares- vio portando armas de fuego a la persona que está en el medio -Parra- y al de la pared, de polera roja -Linares-. Código: XLNXKFXPKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 24 Manifestó que cuando sucedió esto, sintió miedo y temió por su vida, nu
Texto Completo (Preview)
1 Antofagasta, dos de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha veintiséis y veintisiete de diciembre del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la jueza Paula Lorena Ortíz Saavedra, quien presidió la audiencia, junto a la jueza Llilian del Carmen Durán Barrera y la j
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