MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ FRANCISCO ARTURO PATIÑO MONTAÑO
Rol
O-824-2023
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “En virtud de investigación previa de OS7 y fiscalía SACFI, en las que se utilizaron técnicas especiales de investigación previstas en la ley 20.000.-, se obtuvieron antecedentes de entrega de droga la noche del día 3 de abril de 2023. Con esta información, personal policial se aposto en calle Avelino Contardo, a la altura de numeración 1600 de esta ciudad, y siendo las 23:43 hrs. de esa misma jornada, llegó hasta el domicilio signado con el numero 1654 un vehículo color azul, marca Chevrolet, modelo Sail, PPU KSFB.24, con dos ocupantes en su interior, del cual, desde el asiento del acompañante, descendió un sujeto portando un bolso verde, ingresando al domicilio señalado, procediendo a hacer ingreso Carabineros previa autorización voluntaria del encargado del lugar, verificándose que al interior del bolso de color verde, el sujeto que la portaba, individualizado con las iniciales L.P.M., mantenía en su interior 10 paquetes ovalados cubiertos en cinta adhesiva color café, contenedora de 10 kilos 901 gramos de marihuana. En forma paralela, personal policial procedió al control del sujeto que se mantenía en el asiento del conductor del mencionado vehículo, identificado como el imputado FRANCISCO ARTURO PATIÑO MONTAÑO. A la revisión del automóvil, se incautó desde el compartimiento trasero del asiento del copiloto, un arma de fuego tipo pistola, marca DGFM, modelo FMAR, calibre .45, apta para el disparo, con su respectivo cargador y 7 cartuchos calibre .45 sin percutir. Posteriormente, previa autorización voluntaria de Patiño Montaño, Código: FHXXXKPXXJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 personal policial procedió al ingreso de su domicilio, ubicado en calle Tres Torres, casa 118, campamento Futuro, Antofagasta, incautándose desde el living comedor, sobre un sillón, 6 paquetes ovalados envueltos en cinta adhesiva color café, contenedores de 6 kilos 610 gramos de marihuana. Desde la cocina, a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: TRIBUNAL E INTERVINIENTES. Que el día veintiséis de diciembre del año dos mil veintitrés, ante la Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por los jueces titulares Luz Oliva Chávez, quien presidió, José Luis Ayala Leguas y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT 824-2023, RUC 2300321035- 9, seguida por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes previsto y sancionado en los artículo 1 y 3 de la Ley 20.000; y los delitos de porte ilegal de arma de fuego y tenencia de municiones previstos y sancionados en los artículos 9 en relación al 2 letra b) y c) y 4 de la Ley 17.798, de acuerdo a la acusación sustentada por el fiscal adjunto de Antofagasta don Gary Estay Baeza, con domicilio registrado en la carpeta judicial, en contra del acusado FRANCISCO ARTURO PATIÑO MONTAÑO, colombiano, cédula de identidad N° 14.878.056-0, nacido el 20 de agosto de 1984 en Buenaventura Valle, 39 años, chofer de aplicación, soltero, quien apercibido de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal fijó como domicilio el de Campamento Futuro Antofagasta casa N°118 de Antofagasta, legalmente representado por la defensora privada doña Camila Henríquez Abarca, Rut 17.523.923-5, con domicilio y forma de notificación registrados en la carpeta judicial. SEGUNDO: Que la acusación del Ministerio Público se fundó, según se lee en el respectivo auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de Antofagasta de fecha 2 de noviembre del año Código: FHXXXKPXXJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 2023, en los siguientes hechos: “En virtud de investigación previa de OS7 y fiscalía SACFI, en las que se utilizaron técnicas especiales de investigación previstas en la ley 20.000.-, se obtuvieron antecedentes de entrega de droga la noche del día 3 de abril de 2023. Con esta información, personal policial se aposto en calle Avelino Contardo, a la altura de numeración 1600 de esta ciudad, y siendo las 23:43 hrs. de esa misma jornada, llegó hasta el domicilio signado con el numero 1654 un vehículo color azul, marca Chevrolet, modelo Sail, PPU KSFB.24, con dos ocupantes en su interior, del cual, desde el asiento del acompañante, descendió un sujeto portando un bolso verde, ingresando al domicilio señalado, procediendo a hacer ingreso Carabineros previa autorización voluntaria del encargado del lugar, verificándose que al interior del bolso de color verde, el sujeto que la portaba, individualizado con las iniciales L.P.M., mantenía en su interior 10 paquetes ovalados cubiertos en cinta adhesiva color café, contenedora de 10 kilos 901 gramos de marihuana. En forma paralela, personal policial procedió al control del sujeto que se mantenía en el asiento del conductor del mencionado vehículo, identificado como el imputado FRANCISCO ARTURO PATIÑO MONTAÑO. A la revisión del automóvil, se incautó desde el compa
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 28, 29, 31, Código: FHXXXKPXXJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 34 49, 50, 67, 68, 69, 70 y 74 del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 22 y 45 de la Ley 20.000, artículos 2, 3, 4 y 9 y de la Ley 17.798 y Ley 19.970, SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCO ARTURO PATIÑO MONTAÑO, ya previamente individualizado, a sufrir la pena de cuatro (4) años de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley N° 20.000, cometido el día 3 de abril de 2023 en la comuna de Antofagasta. Asimismo, se le condena al pago de una multa de cuarenta (40) Unidades Tributarias Mensuales (U.T.M.), concediéndosele un plazo para pagarla de doce meses, en razón de 12 cuotas iguales, mensuales y sucesivas a contar del mes siguiente a la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, podrá hacerse efectiva en sus bienes, sin perjuicio de que en su oportunidad se proceda de conformidad con lo dispuesto en e
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1 Antofagasta, dos de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: TRIBUNAL E INTERVINIENTES. Que el día veintiséis de diciembre del año dos mil veintitrés, ante la Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por los jueces titulares Luz Oliva Chávez, quien presidió, José Luis Ayala Leguas y Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la au
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