Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO TALTAL C/ LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRANDA

Rol

O-800-2023

Fecha

2 de enero de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Garantía de Taltal con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, son los siguientes: Código: NPLJXKXWYHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 “El día 10 de noviembre de 2022, alrededor de las 01:50 horas, el imputado LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRADA ingresó al local de alcoholes “Zambori Shop” ubicado en Sargento Aldea N° 668 de Taltal en evidente estado de ebriedad por lo cual el regente del local Nelson Ramírez Aguirre le negó la atención al imputado. Ante tal negativa, el imputado salió del lugar y abordó su vehículo marca Chevrolet, modelo DMax, P.P.U. BGWF-54 conduciéndola en dirección de dicho local, instantes en que Nelson Ramírez Aguirre logra abrir la puerta delantera del costado izquierdo del vehículo del imputado y detener el móvil, reteniéndolo hasta la llegada de Carabineros. Una vez en el lugar, funcionarios policiales pudieron percatarse del estado de ebriedad del imputado lo que les constó por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo trasladado al Hospital de Taltal donde el facultativo de turno apreció “ebriedad manifiesta” del requerido, cuestión que fue ratificada a través del peritaje de alcoholemia practicado a su respecto el cual arrojó que el imputado conducía con 2,54 gramos por mil de alcohol en la sangre. Cabe hacer presente que el imputado conducía su vehículo sin haber obtenido licencia de conducir.”. Tales hechos se calificaron como constitutivos del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290; conforme a lo anterior, pide que se le imponga la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, Código: NPLJXKXWYHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser

Fundamentos

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES. PRIMERO: Que con fecha veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, se llevó a efecto, la audiencia del juicio oral de la causa RIT 800-2023 RUC 2201126324-4, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por el Juez Presidente Marcelo Echeverría Muñoz e integrada por los jueces Marcela Mesías Toro y José Luis Ayala Leguas; seguida por el delito de conducción en estado de ebriedad sin licencia de conducir; acusación sustentada por el fiscal MAURO OSSES ARDILES, en contra del acusado: LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRANDA, cédula de identidad N° 19.458.211-0, chileno, nacido el 20-06-1996 en Taltal, 27 años, soltero, buzo mariscador, domiciliado en Avenida Prat N° 1028 de Taltal, asistido durante todo el juicio por el defensor penal público FABIÁN ESPEJO CARVAJAL. SEGUNDO: Que los hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Garantía de Taltal con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, son los siguientes: Código: NPLJXKXWYHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 “El día 10 de noviembre de 2022, alrededor de las 01:50 horas, el imputado LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRADA ingresó al local de alcoholes “Zambori Shop” ubicado en Sargento Aldea N° 668 de Taltal en evidente estado de ebriedad por lo cual el regente del local Nelson Ramírez Aguirre le negó la atención al imputado. Ante tal negativa, el imputado salió del lugar y abordó su vehículo marca Chevrolet, modelo DMax, P.P.U. BGWF-54 conduciéndola en dirección de dicho local, instantes en que Nelson Ramírez Aguirre logra abrir la puerta delantera del costado izquierdo del vehículo del imputado y detener el móvil, reteniéndolo hasta la llegada de Carabineros. Una vez en el lugar, funcionarios policiales pudieron percatarse del estado de ebriedad del imputado lo que les constó por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo trasladado al Hospital de Taltal donde el facultativo de turno apreció “ebriedad manifiesta” del requerido, cuestión que fue ratificada a través del peritaje de alcoholemia practicado a su respecto el cual arrojó que el imputado conducía con 2,54 gramos por mil de alcohol en la sangre. Cabe hacer presente que el imputado conducía su vehículo sin haber obtenido licencia de conducir.”. Tales hechos se calificaron como constitutivos del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290; conforme a lo anterior, pide que se le imponga la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, Código: NPLJXKXWYHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 multa de 10 U.T.M.; la suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 2 años; accesorias legal

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 21, 24, 26, 30, 49, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 4, 7, 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 inciso 1°, y 209 de la Ley 18.290; artículos 3 y siguientes de la ley 18.216; SE DECLARA QUE: I.- Se CONDENA al acusado LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRANDA, cédula de identidad N° 19.458.211-0, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS de presidio menor en su grado medio; al pago de una multa de CUATRO (04) unidades tributarias mensuales; a la suspensión de la licencia de conductor por DOS (02) AÑOS; y a la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos mientras dure la condena; como autor del delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin licencia de conducir, perpetrado el 10 de noviembre de 2022, en esta jurisdicción. Código: NPLJXKXWYHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20 II.- Se le sustituye al condenado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la Remisión Condicional, por el mismo término de la condena, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Taltal. El sentenciado deberá presentarse a dicho Centro de Reinserción Social, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme o ejecutoriada e

Texto Completo (Preview)

1 RIT N°:800-2023 RUC N°: 2201126324-4 DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN LICENCIA IMPUTADO: LEONARDO JAVIER ARANCIBIA MIRANDA DEFENSOR: FABIÁN ESPEJO CARVAJAL FISCAL: MAURO OSSES ARDILES Antofagasta, dos de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: ANTECEDENTES. PRIMERO: Que con fecha veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, se llevó a efecto, la audiencia del

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