10º Juzgado de Garantía de Santiago

ANTONIO ESTEBAN ARRIAZA GARCÍA C/ JULIO DAVID VARGAS ARRIETA

Rol

O-3467-2023

Fecha

29 de diciembre de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 28 de diciembre de 2023 siendo aproximadamente las 21:40 horas en el interior de la vía expresa de la autopista Vespucio Sur a la altura de General Velásquez con Américo Vespucio, comuna de Lo Espejo, el requerido forzó una malla perimetral de una obra de paneles acústicos que se estaba realizando en dicho lugar por la concesionaria de la autopista referida, ingresando por vía no destinada al efecto, esto es, por la malla perimetral, sustrayendo del interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño seis fierros de perfil cuadrado de 30 x 30 cm. de 2.4 mts. de largo, y cinco mts. de cable acerado, tomando las especies y apilándolas, siendo sorprendido en ese momento por funcionarios de la autopista cuando se aprestaba a salir con las especies en su poder, siendo recuperadas en su totalidad y avaluadas en la suma de $120.000.- La sentencia se encuentra íntegramente grabada bajo el nombre 2301431289-7-1229 en sala 201-B. Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: En los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 25, 30, 67 y siguientes, 442, 443, todos del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216. Se declara: l.- Que se condena a JULIO DAVID VARGAS ARRIETA, ya individualizado, en calidad de autor del delito frustrado de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 en relación al artículo 442 n° 1 del Código Código: MBMMXKDDGXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 28 de diciembre de 2023, a sufrir la pena de cincuenta y un días de prisión en su grado máximo, a las accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. lI.- Que concurriendo los requisitos del artículo 8 de la ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad por la pena de reclusión parcial por el mismo tiempo de la condena, bajo l

Fallo

Se declara: l.- Que se condena a JULIO DAVID VARGAS ARRIETA, ya individualizado, en calidad de autor del delito frustrado de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 en relación al artículo 442 n° 1 del Código Código: MBMMXKDDGXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 28 de diciembre de 2023, a sufrir la pena de cincuenta y un días de prisión en su grado máximo, a las accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. lI.- Que concurriendo los requisitos del artículo 8 de la ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad por la pena de reclusión parcial por el mismo tiempo de la condena, bajo la modalidad nocturna, consistente en el encierro en el establecimiento de Gendarmería de Chile, CRA Manuel Rodríguez ubicado en Blas Cañas 431, Santiago, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente. Para efecto de la conversión de la pena sustitutiva se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación de libertad. El sentenciado deberá presentarse en dicho Centro al 5° día de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra si no lo hiciere. En el evento de que esta pena sustitutiva le fuere revocada y tener que cumplir de manera efectiva le servirá de abono un día qu

Texto Completo (Preview)

RUC : 2301431289-7 RIT : 3467 - 2023 MAGISTRADO : MARCELA ALEJANDRA SOTO GALDAMES NOMBRE IMPUTADO : JULIO DAVID VARGAS ARRIETA CEDULA DE IDENTIDAD : 0017341877-9 DOMICILIO : AV. AMERICO VESPUCIO Nº 4665, MACUL.. FISCAL QUERELLANTE : : PAULINA NATALIA SEPÚLVEDA CONTRERAS. ANTONIO ESTEBAN ARRIAZA GARCÍA DEFENSOR : NATHALIE DENISSE ALISTE BELLO. TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA D

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