7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MARCELO ANDRÉS CARVAJAL TORRES

Rol

O-2379-2023

Fecha

28 de diciembre de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 22 de febrero de 2023, a las 17:30 hrs. en San Pablo con Rafael Sotomayor, el imputado portaba dos envoltorios de papel cuadriculado contenedores de pasta base de cocaína, a su vez tenía una bolsa de nylon transparente en el bolsillo delantero de su pantalón y mantenía cien envoltorios de papel cuadriculado, arrojando un peso total de 23 gramos y 100 miligramos de pasta base de cocaína. SE DECLARA: I.- Que se condena a MARCELO ANDRES CARVAJAL TORRES, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico de pequeñas cantidades previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en grado CONSUMADO, cometidos en la comuna de Santiago. II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria se tiene por cumplida por uno de los días que estuvo detenido en esta causa. III- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial nocturna, en dependencias de Gendarmería de Chile por el término de la pena privativa de libertad, esto es, 61 días. Para dar cumplimiento a lo anterior, deberá presentarse en el Centro de Readaptación Manuel Rodríguez durante la primera semana de enero de 2024. Se deja constancia que en el evento que la sanción sustitutiva impuesta sea Código: LWNXXKEXSBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl revocada, el condenado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso, se le reemplazará por una sustitutiva de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En todo caso, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor, el

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a MARCELO ANDRES CARVAJAL TORRES, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico de pequeñas cantidades previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en grado CONSUMADO, cometidos en la comuna de Santiago. II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria se tiene por cumplida por uno de los días que estuvo detenido en esta causa. III- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial nocturna, en dependencias de Gendarmería de Chile por el término de la pena privativa de libertad, esto es, 61 días. Para dar cumplimiento a lo anterior, deberá presentarse en el Centro de Readaptación Manuel Rodríguez durante la primera semana de enero de 2024. Se deja constancia que en el evento que la sanción sustitutiva impuesta sea Código: LWNXXKEXSBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl revocada, el condenado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso, se le reemplazará por una sustitutiva de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En todo caso, se

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: DANIEL DAVID URRUTIA LAUBREAUX RUC: 2300205316-0 RIT: 2379-2023 IMPUTADO: MARCELO ANDRES CARVAJAL TORRES C.I. 16059770-4 NACIONALIDAD Chileno DELITO Trafico de pequeñas cantidades. ARTICULO Artículo 4 de la Ley 2

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