MP C/ LEONARDO RIOS MODESTO
Rol
O-1049-2023
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 16 de febrero de 2023, alrededor de las 11:00 horas, los imputados LUIS RAMOS CONGONA y LEONARDO RIOS MODESTO, se desplazaban en una motocicleta marca Keeway, modelo RKV 150, por calle Zapadores al llegar a calle Santa Bárbara, comuna de Recoleta. Escenario en el cual pasaron lentamente al lado de la víctima Alba Sepúlveda Navea, quien transitaba por ese lugar posicionándose junto a esta, instantes en que el imputado LUIS RAMOS CONGONA extrajo un arma con características de arma de fuego real, la que colocó en la cabeza de la víctima a la vez que le señalaba “entrega todo lo que tengai”, abriéndole su mochila y apropiándose de su teléfono celular marca Motorola, modelo G9 Power avaluados en la suma de $ 530.000, de color azul oscuro, 1 monedero de color azul, en el que portaba la suma de $40.000 ; 1 porta documentos, de color negro, en el que llevaba algunas tarjetas. Luego de lo cual huyeron juntos en dirección desconocida con dicha especie sustraída en su poder. Siendo las 21:15 horas aproximadamente carabineros sorprendió a los imputados, mientras se desplazaban a bordo de una motocicleta de color negro marca HFG-75 modelo Keeway modelo RKV 150, por calle Santa Rosa con Ñuble en la comuna de Santiago, la cual era conducida a sabiendas por el imputado LEONARDO RIOS MODESTO con una placa patente falsa, que no correspondía a una original toda vez que estaba impresa a papel.” Código: XQXZXKVCCXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Santiago, a veintiocho de Diciembre de dos mil veintitrés. Vistos, además de lo previsto en el artículo 1, 7, 11 nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 50, 436, 439 y 449 del Código Penal; artículos 45, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y en los artículos 1 y 34 de la Ley Nº 20.603, SE RESUELVE: I.- Que se condena a LEONARDO RIOS MODESTO, ciudadano peruano, cédula de identidad para ciudadano extranjero N° 25.055.226-2, y LUIS RAMOS GONGONA, ciudadano peruan
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a LEONARDO RIOS MODESTO, ciudadano peruano, cédula de identidad para ciudadano extranjero N° 25.055.226-2, y LUIS RAMOS GONGONA, ciudadano peruano, cédula de identidad para ciudadano extranjero N°14.895.099-7, por su responsabilidad como co-autores del delito consumado de Robo con Intimidación en las personas, ilícito descrito y tipificado en el artículo 436 inciso 1º del Código Penal, por el hecho cometido el día 16.02.23 en la comuna de Recoleta, a sufrir cada uno la pena privativa de libertad de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.-Que atendido lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley nº 20.603, y su situación migratoria irregular acreditada por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Ciudadana en forma verbal en esta audiencia, se les sustituye a los sentenciados la pena privativa de libertad precedentemente impuesta por su expulsión del territorio nacional. Los sentenciados deberán permanecer internados en el centro penitenciario donde actualmente se encuentran, en el C.D.P. Santiago Uno, o en el recinto penitenciario que les asigne Gendarmería de Chile hasta que se materialice definitivamente la ejecución de la expulsión en cada caso. Dicha implementación estará a cargo del Departamento de Extranjería del Ministerio del Int
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TERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC: 2300183878-4 RIT: 1049-2023 MATERIA: ROBO CON INTIMIDACION EN LAS PERSONAS SENTENCIADOS: LEONARDO RIOS MODESTO, cédula de identidad para ciudadano extranjero N° 25.055.226-2, ciudadano peruano, sin oficio conocido, domiciliado en Avenida INDEPENDENCIA N° 733 depto. Nº 207-A, comuna de Independencia, y LUIS RAMOS GONGONA, cédula de identidad para ciudadan
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