PRADENAS/
Rol
V-122-2020
Fecha
28 de diciembre de 2020
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO*: Que al folio 1, comparece Miriam Magdalena Pradenas Burgos, ingeniero de ejecución en computación e informática, domiciliada en calle Santo Domingo N° 1470, departamento 1904, comuna de Santiago, quien solicita se rectifique su partida de nacimiento en el sentido de eliminar su primer nombre Miriam, quedando en definitiva como Magdalena Pradenas Burgos. Fundamentando su demanda, señala que ha obrado desde hace más de cinco años y en todas sus actuaciones con el nombre Magdalena Pradenas Burgos, indicando que desde su época escolar tuvo que soportar bromas de mal gusto con respecto a su nombre “Miriam”, diciendo que era “nombre de vieja”, “anticuado”, etcétera, lo que le resultaba muy incómodo y desagradable. Indica que para evitar las molestias descritas, decidió suprimir el uso de su nombre “Miriam” y empezar a usar como único nombre “Magdalena”, desde hace más de cinco años a la fecha, señalando que es indispensable que se rectifique su partida de nacimiento, a fin de evitar los perjuicios que le acarrearía la confusión de nombres tanto en el orden judicial, extrajudicial y laboral. Previa cita de disposiciones legales, solicita se rectifique, por una sola vez, su partida de nacimiento inscripción N° 411 del año 1972 de la circunscripción de Concepción, en el sentido de suprimir su primer nombre “Miriam”, quedando por tanto su nombre como Magdalena Pradenas Burgos. SEGUNDO*: Que la peticionaria para fundar su solicitud, acompañó al anexo del folio 3, el Certificado de nacimiento de Miriam Magdalena Pradenas Burgos, RUN 12.180.528-6, nacida el 27 de enero de 1972; inscribiéndose su nacimiento bajo el número 411 del año 1972 de la circunscripción de Concepción en el que consta que sus padres son Héctor Armando Pradenas Vergara y María Magdalena Burgos Álvarez. TERCERO*: Que al anexo del folio 8, corre la publicación efectuada en el Diario Oficial, de fecha 01 de agosto de 2020, debidamente certificada por el secretario del
Fundamentos
motivos laborales, indicando que siempre la conocieron como Magdalena Pradenas Burgos, constándoles que ése es el nombre que ella usa con vecinos, amigos y familiares, habiéndoles contado a los testigos que en su época escolar debió soportar desagradables bromas por parte de sus compañeros respecto a su nombre Miriam, lo que resultaba incómoda para ella y para efectos de evitar estas molestias decidió suprimir el nombre Miriam y usar únicamente “Magdalena”, desde hace más de cinco años atrás. QUINTO*: Que al folio 13, rola certificación del Secretario del Tribunal, quien señala que no existió oposición a la solicitud de autos, estando el plazo para hacerlo vencido. SEXTO*: Que al folio 6, rola informe N° 2253 emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 28 de julio de 2020, entidad que señala que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N° 411 del año 1972 de la circunscripción de Concepción, siendo su titular Miriam Magdalena Pradenas Burgos, nacida el 27 de enero de 1972, consignándose en el rubro correspondiente al padre a Héctor Armando Pradenas Vergara y María Magdalena Burgos Álvarez. No constando subinscripciones ni rectificaciones, así como tampoco registra anotaciones en el Registro General de Condenas; agrega que en el caso de que el solicitante sea casado y/o tenga descendientes menores de edad, deberá pedir también que la rectificación se haga extensiva a las inscripciones pertinentes; asimismo hace presente que de acceder a la petición de autos, se mantendrá invariable el Nº de RUN; adjuntando al informe extracto oficial de filiación y antecedentes del titular, en la que no registra antecedentes ni anotaciones. Que al mismo folio 6, rola extracto de filiación y antecedentes del peticionario, sin que registre antecedentes ni anotaciones. OCTAVO*: Que al folio 19, la solicitante señaló que su estado civil es soltera y no tiene hijos. NOVENO*: Que el mérito de los antecedentes arribados a estos autos, especialmente la información sumaria de testigos, resultan suficientes para concluir que la solicitud del folio 1 se ajusta a las prescripciones de la Ley N° 17.344 sobre Cambios de Nombres y Apellidos, encontrándose acreditados los fundamentos y motivos plausibles para ello.
Fallo
por tanto su nombre como Magdalena Pradenas Burgos. SEGUNDO*: Que la peticionaria para fundar su solicitud, acompañó al anexo del folio 3, el Certificado de nacimiento de Miriam Magdalena Pradenas Burgos, RUN 12.180.528-6, nacida el 27 de enero de 1972; inscribiéndose su nacimiento bajo el número 411 del año 1972 de la circunscripción de Concepción en el que consta que sus padres son Héctor Armando Pradenas Vergara y María Magdalena Burgos Álvarez. TERCERO*: Que al anexo del folio 8, corre la publicación efectuada en el Diario Oficial, de fecha 01 de agosto de 2020, debidamente certificada por el secretario del Tribunal al folio 16. CUARTO*: Que al folio 10, rola información sumaria de los testigos Orieta de Lourdes Zúñiga Valenzuela, Lidia Isabel Vergara Alarcón y Loreto de Lourdes Núñez Reyes, quienes previamente juramentados e interrogados, declararon: Que conocen a la peticionaria, la primera hace más de 10 años, por medio de amigos en común y las otras testigos hace más de 8 años, por motivos laborales, indicando que siempre la conocieron como Magdalena Pradenas Burgos, constándoles que ése es el nombre que ella usa con vecinos, amigos y familiares, habiéndoles contado a los testigos que en su época escolar debió soportar desagradables bromas por parte de sus compañeros respecto a su nombre Miriam, lo que resultaba incómoda para ella y para efectos de evitar estas molestias decidió suprimir el nombre Miriam y usar únicamente “Magdalena”, desde hace más de cinco años a
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-122-2020 CARATULADO : PRADENAS/ Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veinte .- VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO*: Que al folio 1, comparece Miriam Magdalena Pradenas Burgos, ingeniero de ejecución en computación e informática, domiciliada en calle Santo Domingo N° 1470, departamento 1904, comuna de Sant
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