28º Juzgado Civil de Santiago

ARAYA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-29172-2019

Fecha

28 de diciembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 26 de septiembre de 2019 comparece Juan Fidel Araya Corvalán, domiciliado en pasaje Los Patos N°13.767, comuna de Lo Barnechea y expone: Que viene en deducir demanda ordinaria de declaración de prescripción de acciones de cobro de derechos de aseo municipales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada por su Alcalde Felipe Guevara Stephens, ambos domiciliados en Avenida El Rodeo N°12.777, comuna de Lo Barnechea. Señala en su demanda que es deudor de derechos de aseo municipal, respecto del inmueble ubicado en pasaje Los Patos N°13.767, comuna de Lo Barnechea y que ha sido requerido por la demandada para el pago de dichos derechos por el periodo comprendido entre el 30 de abril del año 2009 y el 30 de noviembre de 2016, por el monto total de $1.616.977.- En cuanto al derecho señala los artículos 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521, del Código Civil, el que previene: “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. Por lo expuesto y normas legales invocadas pide tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva, acogerla a tramitación y declarar prescrita la acción de la demandada para perseguir el cobro correspondiente a los derechos de aseo desde el 30 de abril de 2009 al 30 de noviembre de 2016, por un monto de $1.616.977.- Con fecha 7 de abril de 2020, la parte demandante rectifica el petitorio de su libelo, modificando los periodos por los que solicita se declare la prescripción de las acciones de cobro de los derechos de aseo, señalando que el periodo por el cual demanda es el comprendido entre 30 de abril de 2009 al 31 de diciembre de 2014, por un monto de $1.591.565.-. C-29172-2019 Foja: 1 En el primer otrosí del escrito de fecha 23 de noviembre de 2020, el abogado Boris Durandeau Stegmann, en representación de la Municipalidad de Lo Barnechea, al contestar la demanda señaló “A través de la presente contestación y s

Fallo

Por lo expuesto y normas legales invocadas pide tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva, acogerla a tramitación y declarar prescrita la acción de la demandada para perseguir el cobro correspondiente a los derechos de aseo desde el 30 de abril de 2009 al 30 de noviembre de 2016, por un monto de $1.616.977.- Con fecha 7 de abril de 2020, la parte demandante rectifica el petitorio de su libelo, modificando los periodos por los que solicita se declare la prescripción de las acciones de cobro de los derechos de aseo, señalando que el periodo por el cual demanda es el comprendido entre 30 de abril de 2009 al 31 de diciembre de 2014, por un monto de $1.591.565.-. C-29172-2019 Foja: 1 En el primer otrosí del escrito de fecha 23 de noviembre de 2020, el abogado Boris Durandeau Stegmann, en representación de la Municipalidad de Lo Barnechea, al contestar la demanda señaló “A través de la presente contestación y sin controvertir los hechos expuestos, esta parte viene en contestar la demanda, allanándose y aceptando la demanda contraria, solicitando se declare la prescripción de las acciones del cobro de aseo por los períodos con vencimiento entre el día 30 de abril del año 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive, salvando los períodos no prescritos.” En el segundo otrosí del escrito de contestación el abogado Boris Durandeau, en representación de la Municipalidad de Lo Barnechea, dedujo demanda reconvencional en contra de Juan Fi

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C-29172-2019 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-29172-2019 CARATULADO : ARAYA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 26 de septiembre de 2019 comparece Juan Fidel Araya Corvalán, domiciliado en pasaje Los Patos N°13.767, comuna de Lo Barnechea y expone: Que

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