MP C/ JOSÉ BERNARDO FUENTES SEPÚLVEDA
Rol
O-1216-2022
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000, PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Sentencia en procedimiento abreviado. Quintero, veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés. La parte expositiva y resolutiva de la sentencia se encuentra registrada en audio. Visto, oído y
Fundamentos
considerando:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 14 y siguientes, 18 y siguientes, 49 y siguientes, 64 y siguientes, 432 y siguientes del Código Penal, artículos 1, 3, 4, 8 de la Ley 20.000, artículos 1, 15 y siguientes de la Ley 18.216, artículos 4, 45, 46, 48, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena al acusado JOSÉ BERNARDO FUENTES SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad N° - como autor de un delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 445 del Código Penal, perpetrado en la comuna de Quintero el día 11 de agosto del año 2022 y, por consiguiente, deberá sufrir las siguientes penas: a) La pena corporal de SESENTA Y UN ( ) DIAS de presidio menor en su grado mínimo. b) La suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que se condena al acusado JOSÉ BERNARDO FUENTES SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad n° - como autor de un delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A, inciso 1°, del Código Penal, perpetrado en la comuna de Quintero el día 11 de agosto del año 2022 y, por consiguiente, deberá sufrir las siguientes penas: a) La pena corporal de SESENTA Y UN ( ) DIAS de presidio menor en su grado mínimo. b) La pena pecuniaria de multa de CINCO (5) UNIDADES TRIBUTRIAS MENSUALES c) La suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. III.- Que se condena al acusado JOSÉ BERNARDO FUENTES SEPÚLVEDA, cédula na
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Sentencia en procedimiento abreviado. Quintero, veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés. La parte expositiva y resolutiva de la sentencia se encuentra registrada en audio. Visto, oído y considerando: Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 14 y siguientes, 18 y siguientes, 49 y siguientes, 64 y siguientes, 432 y siguientes del Código Pen
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