Juzgado de Garantía de Temuco.

CARLOS EDUARDO CUEVAS DINAMARCA C/ KRISTIAN ERNESTO PEÑA MUÑOZ

Rol

O-8440-2023

Fecha

20 de diciembre de 2023

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió requerimiento en procedimiento simplificado en contra de KRISTIAN ERNESTO PEÑA MUÑOZ, cédula nacional de identidad N° 21212723-K, empleado, domiciliado en calle Llaima Nº 0966, Victoria; a fin de que fuera condenado, según petición que realizó en audiencia el Fiscal Marcelo Herrera, a dos penas de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual y comiso, como autor de un delito porte de arma blanca y una falta del artículo 50 de la ley 20.000, hechos perpetrados el día 24 de mayo de 2023. 2.- Que el imputado, asistido por el Defensor Penal Privado, Roberto Garrido, admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3.- Que la defensa del requerido solicitó rebajar las multas y facilidades para el pago. 4.- Que los antecedentes que fundan el requerimiento, fundamentalmente el parte policial y anexos, sobre los cuales recayó la admisión de responsabilidad del imputado permiten concluir que se tuvieron acreditados los hechos materia del requerimiento, consistentes en: El día 24 de mayo de 2023, en horas de la tarde, mientras personal de carabineros realizaba labores propias de su cargo en calle General Mackena en la intersección con Código: XHGYXKXGYHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl calle Balmaceda, Temuco, fiscalizó al requerido KRISTIAN ERNESTO PEÑA MUÑOZ, quien mantenía en un banano que portaba consigo una cortaplumas metálica con empuñadura color café, respecto de la cual no justificó razonablemente su porte. Además, entre sus vestimentas mantenía una bolsa de nylon contenedora de 8.28 gramos de cannabis sativa. Estos hechos configuran un delito de porte de arma blanca, previsto y sancionado en los artículos 288 bis del Código Penal; e igualmente, una infracción al artículo 50 de la Ley 20.000; ambos en grado de ejecución de consumado. La participación del imputado es directa e inmediata, de autor. 5.- Que el tribunal impondrá la

Fallo

Se declara: Código: XHGYXKXGYHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a KRISTIAN ERNESTO PEÑA MUÑOZ, ya individualizado, a cumplir dos penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más el comiso de las especies incautadas, como autor de los delitos de porte de arma blanca y una infracción al artículo 50 de la Ley 20.000, Hechos perpetrados el día 24 de mayo de 2023en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. II.- Que en cuanto al pago de las multas, se le conceden dos cuotas iguales, mensuales y sucesivas para el pago. Venciendo la primera de ellas el día 30 de enero de 2024. Si el imputado no paga la multa, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que habiendose dispuesto el comiso, se faculta desde ya al Ministerio Público para la destrucción de la especie incautada. Cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2300570033-7 RIT 8440-2023 Dictada por Alfredo Cox Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco. Código: XHGYXKXGYHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XHGYXKXGYHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-27T18:29:18-

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Temuco, veinte de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió requerimiento en procedimiento simplificado en contra de KRISTIAN ERNESTO PEÑA MUÑOZ, cédula nacional de identidad N° 21212723-K, empleado, domiciliado en calle Llaima Nº 0966, Victoria; a fin de que fuera condenado, según petición que realizó en audiencia el Fiscal Marcelo Herrera, a dos penas de mu

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