MP COQUIMBO C/ HAROL GUILLERMO ÁLVAREZ ESTAY
Rol
O-1515-2023
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 15 de abril de 2023, a las 15:00 horas, aproximadamente, en la vía pública, intersección de calles Linares y Balmaceda, sector Tierras Blancas, comuna de Coquimbo, el imputado HAROL GUILLERMO ALVAREZ ESTAY fue sorprendido por personal de Carabineros conduciendo la motocicleta marca Kawasaki, modelo Ninja 400, P.P.U. JFJ.049, portando en su banano, sin contar con la competente autorización, a la altura de la cintura, un revolver marca MC, calibre 22 corto, N° de serie 148003, con 5 municiones sin percutar en su interior, así como 1 munición en el bolsillo de su pantalón. Los hechos antes descritos, configuran un delito de tenencia ilegal de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de Control de Armas N° 17.798, en relación al artículo 2 letra b) y c) del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo consumado, en los que cabe al imputado participación en calidad de autor”. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. COQUIMBO, veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3, 7, 11 N° 6, 15 N° 1, 18, 21 ,24, 29, 50 del Código Penal, 2 letra B y C, 9 y 15, 17 B, 18 y 23 de la ley 17.798, 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 y s.s., del Código Procesal Penal, 1, 14 y demás pertinentes de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a HAROL GUILLERMO ALVAREZ ESTAY, cédula nacional de identidad n° 18923429-5, ya individualizado, A SUFRIR LA PENA DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad de autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones, ilícito descrito y sancionado en los artículos 9 en relación con el 2 letras B y C de la ley 17798, perpetrado en grado de desarrollo de consumado el día 15 de abril del año 2023 en ésta comuna. II.- Que, asimismo, se dispone el comiso del arma de fuego y municiones incautadas al sentenciado, para ser puestas a disposición de la autoridad que corresponda. III.- Que se sustituye la pena corporal impuesta por LA libertad vigilada intensiva por el mismo término de la pena privativa de libertad impuesta, para lo cual deberá presentarse el sentenciado al C.R.S. que corresponda, y cumplir además durante el periodo de control con el plan de intervención que se apruebe en su momento y con las condiciones leg
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A.- HECHOS: “El día 15 de abril de 2023, a las 15:00 horas, aproximadamente, en la vía pública, intersección de calles Linares y Balmaceda, sector Tierras Blancas, comuna de Coquimbo, el imputado HAROL GUILLERMO ALVAREZ ESTAY fue sorprendido por personal de Carabineros conduciendo la motocicleta marca Kawasaki, modelo Ninja 400, P.P.U. JFJ.049, portando en su banano, sin contar con la competente a
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