MP C/ SERGIO RAMÓN SALAZAR SILVA
Rol
O-1123-2019
Fecha
17 de diciembre de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de SERGIO RAMÓN SALAZAR SILVA, cédula identidad N° 8342637-3, con domicilio en calle Colchane Nº 0845, Temuco y en audiencia, el Fiscal Luis Arroyo, para facilitar aceptación realizó rebaja a la pretensión punitiva y solicitó la imposición de una pena de 41 días de prisión, 5 unidades tributarias mensuales, comiso, accesorias legales, como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades; por los hechos perpetrados el día 01 de febrero de 2019. Para lo anterior, invocó las atenuantes del artículo 11 Nº 6 y Nº 9 del Código Penal y el inciso 1 del artículo 395 del Código Procesal Penal. 2° Que el imputado, asistido por su Defensora Penal Público, Leila Gittermann, admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3° Que la defensa solicitó sustitución de la pena corporal, por la de remisión condicional de la pena y el reconocimiento de abonos. Además, solicitó rebajar la pena pecuniaria, y tenerla por cumplida. Código: PXXXXKCYVHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por último, solicitó la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216. 4° Que los hechos expuestos por el Ministerio Público, sobre los cuales recayó la admisión de responsabilidad del imputado, permiten tener por acreditado que El día 01 de febrero de 2019 a eso de las 14:35 horas, el imputado SERGIO RAMON SALAZAR SILVA, se encontraba en Avenida Balmaceda con Aldunate de la ciudad de Temuco, oportunidad en la que realizó una venta de droga a un tercero identificado como Jorge Andres Aros Ramírez, quien al ser fiscalizado de forma voluntaria hace entrega a personal policial de 30 comprimidos de clonazepan. Por lo anterior, se procede a efectuar un registro de las vestimentas del imputado SERGIO RAMON SALAZAR SILVA, a quien se le encontró un envoltorio contenedor de 82 miligramos de cannabis sativa y l
Fallo
se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a SERGIO RAMÓN SALAZAR SILVA, ya individualizado, a cumplir una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, comiso especie incautada, y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades, hechos perpetrados el día 01 de febrero de 2019, en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeta al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco por el lapso de UN AÑO y Código: PXXXXKCYVHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, el día 18 de enero de 2024. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada la condenada cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impue
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Temuco, diecisiete de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de SERGIO RAMÓN SALAZAR SILVA, cédula identidad N° 8342637-3, con domicilio en calle Colchane Nº 0845, Temuco y en audiencia, el Fiscal Luis Arroyo, para facilitar aceptación realizó rebaja a la pretensión punitiva y solicitó l
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