Juzgado de Garantía de Parral.

CLEMENTE ANTONIO VALDES GONZALEZ C/ CLAUDIO ENRIQUE PACHECO CARO

Rol

O-1418-2021

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El día 24 de marzo de 2021, a eso de las 19:25 horas aproximadamente, CLAUDIO ENRIQUE PACHECO CARO condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, por Calle Sur de Chile esquina Calle 3 Poniente, Población don Pablo, comuna de Parral, el vehículo Suzuki Maruti, placa patente única TE-6025, indicando el informe de alcoholemia realizado al mismo que este conducía con 2,56 gramos de alcohol por mil de sangre”. PARRAL, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos Código Penal; Código Procesal Penal; Ley 18.290; Ley N° 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ENRIQUE PACHECO CARO, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN LIC CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 110, 209, 196 de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en jurisdicción de este juzgado el día 24/03/2021, a sufrir una pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la CANCELACIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR II.- Para el pago de la multa impuesta se conceden al sentenciado 4 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas a razón de 1/2 Unidad Tributaria Mensual cada una, pagadera la primera de ellas dentro de los diez primeros días del mes siguiente al que la presente resolución quede firme o ejecutoriada, haciendo presente que el no pago de una de las cuotas hará exigible el total de la multa impuesta. Si el sentenciado no tuviere Código: XXFCXKGBYGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl bienes suficientes para satisfacerla se procederá conforme a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, la pena corporal impu

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ENRIQUE PACHECO CARO, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN LIC CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 110, 209, 196 de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en jurisdicción de este juzgado el día 24/03/2021, a sufrir una pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la CANCELACIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR II.- Para el pago de la multa impuesta se conceden al sentenciado 4 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas a razón de 1/2 Unidad Tributaria Mensual cada una, pagadera la primera de ellas dentro de los diez primeros días del mes siguiente al que la presente resolución quede firme o ejecutoriada, haciendo presente que el no pago de una de las cuotas hará exigible el total de la multa impuesta. Si el sentenciado no tuviere Código: XXFCXKGBYGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl bienes suficientes para satisfacerla se procederá conforme a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, la pena corporal impuesta deberá cumplirla mediante la RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA entre las 22 horas a las 6 horas del día siguiente

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 2100298901-5 RIT N° : 1418 - 2021 PROCEDIMIENTO : Abreviado DELITO : Conducción en estado de ebriedad sin lic conducir GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : CLAUDIO ENRIQUE PACHECO CARO. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0016545002-7 DOMICILIO : Pobl Don Pablo, Sur de Chile Nº 324, Parral.. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9. FISCAL

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