Juzgado de Garantía de Melipilla

MP C/ FRANCISCO CID CAMPOS

Rol

O-501-2023

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día de febrero del año , alrededor de las : horas aproximadamente, en calle Ortuzar N° comuna de Melipilla, el imputado FRANCISCO CID CAMPOS, conducía en estado de ebriedad el vehículo torito, marca Beni, color verde, lo cual fue constatado por funcionarios policiales que le controlaron y que practicado el examen de alcoholemia, arrojo como resultado éste último presentaba ,4 gramos de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar dicha conducción del vehículo, según da cuenta informe pericial N° - ”. MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD: N° y N° del Código Penal Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos , , , N° , N° , 4, , 4, , , , 4 , , , y del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos pertinentes de las Ley . y Ley . , el Tribunal resuelve: I.- Que se condena a don FRANCISCO CID CAMPOS, cédula de identidad N° - , ya individualizado, como autor de un delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto en el artículo de la Ley . en relación a los artículos y de la misma ley, en grado de desarrollo de consumado, por los hechos ocurridos en la comuna de Melipilla el día de febrero del año , a la pena de cuarenta y un (4 ) días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de una unidad tributaria mensual, a la suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley . , se sustituye la pena por la de remisión condicional por el plazo de un año, para lo cual el imputado deberá presentarse en CAIS de Melipilla dentro del plazo de cinco días desde que quede ejecutoriada esta sentencia. Que en caso de revocarse la pena sustitutiva, el imputado deberá cumplir efectivamente la pena originalmente impuesta o el saldo de ella, la que se contará desde que se presente a hacerlo o sea habido, sin abonos que con

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SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE Melipilla MAGISTRADO: PATRICIA CASTAÑEDA QUEZADA RUC: - RIT: - IMPUTADO : FRANCISCO CID CAMPOS C.I. : - FECHA DE NAC. - - DOMICILIO : Calle CAMINO EL BAJO Nº COMUNA: Melipilla. HECHOS: “El día de febrero del año , alrededor de las : horas aproximadamente, en calle Ortuzar N° com

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