Juzgado de Letras y Garantía de Cisnes.

MINISTERIO PUBLICO C/ JONATHAN DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ CÁRDENAS

Rol

O-459-2023

Fecha

24 de diciembre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día de diciembre de , alrededor de las 9: en las afueras del domicilio ubicado en Otto Uebel S/N, Puyuhuapi, el imputado Jonathan Daniel Alejandro Gómez Cárdenas amenazó con arma blanca a las victimas Gonzalo Vera y Rafael Navarro Carrasco, señalándole de manera expresa salgan que los voy a matar, a juicio del Ministerio público, los hechos descritos son constitutivos de delito, amenazas con arma blanca. SENTENCIA Con posterioridad al debate el tribunal dictó sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

motivos íntegramente consignados en el registro de audio de esta fecha de conformidad a lo dispuesto por el artículo del Código Procesal Penal, transcribiéndose solamente lo resolutivo de la sentencia, según lo prescrito por el artículo del Acta 7 - de la Excelentísima Corte Suprema:

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos º, °, 7, º Nº , Nº , , 7 , y siguientes del Código Penal, artículos artículos 88 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que se condena a Jonathan Daniel Alejandro Gómez Cárdenas, RUN N° 9.97 . -9, domiciliado en calle Arturo Alessandri S/N, Puerto Cisnes, por los hechos acecidos el día de diciembre de , a las 9: horas en calle Otto Uebel S/N, Puyuhuapi, consistente en amenazas con arma blanca, los que constituyen la falta del artículo 9 N° del Código Penal, cometidos en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado, a la pena aplicable es un tercio ( ) de una unidad tributaria mensual. Código: TTJYXKEJDVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Se instruye al imputado que le asisten los siguientes derechos, a) aceptar el requerimiento y la multa impuesta, en cuyo caso se entenderá ejecutoriada esta sentencia, b) reclamar en contra del requerimiento y la sanción impuesta, en el plazo de quince días, evento en el cual, se continuara el juicio con las normas del procedimiento simplificado. III.- Se exime al requerido del pago de las costas de la causa, atendido a lo dispuesto en el artículo del Código Orgánico de Tribunales en relación al artículo de la Ley N° 9.7 8. Los presentes quedan personalmente notificados de lo obrado en la presente audiencia. Dictada por don Fernando Abelino Acuña Gutiérrez, Juez Titular de G

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Procedimiento: Monitorio RUC Nº: RIT Nº: 9 – Delito: Amenazas Sentenciado: Jonathan Daniel Alejandro Gómez Cárdenas RESUMEN DE LA AUDIENCIA Fecha de diciembre de Tribunal Juzgado de Garantía de Cisnes Juez Titular Fernando Abelino Acuña Gutiérrez Fiscal Estefanía Leiva Cabezas Defensora Natalia Yáñez Pérez Imputado Jonathan Daniel Alejandro Gómez Cárdenas Transcriptor del acta Ximena Ramis Gutiérr

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