1º Juzgado Civil de Viña del Mar

ARAGÓN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD VIÑA DEL MAR

Rol

C-1276-2020

Fecha

24 de diciembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 13 de marzo de 2020, folio 1, comparece don Ricardo Rabuco Ca as, abogado, domiciliado en Arlegui 1329, Vi a del Mar, en representaci n deñ ñ ó Rodrigo Javier Arag n Julioó , empresario, domiciliado en Almirante Montt 235, Cerro Alegre, Valpara so, quien interpone demanda de prescripci n extintiva ení ó contra de la I. Municipalidad de Vi a del Marñ , representada por su alcaldesa Virginia Reginato Bozzo, ambos con domicilio en calle Arlegui 615, Vi a del Mar,ñ solicitando acogerla y declarar prescritas extintivamente las acciones para cobrar los permisos de circulaci n desde el a o 2002 hasta el a o 2017, todos correlativos,ó ñ ñ o lo que el Tribunal determine, que afectan al veh culo patente FX-5371-4, coní costas. Con fecha 23 de abril de 2020, folio 11, la parte demandada contesta la demanda. Con fecha 18 de diciembre de 2020, folio 23, se lleva a efecto audiencia de conciliaci n, la que no se produce.ó Con fecha 18 de diciembre de 2020, folio 24, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda. Con fecha 13 de marzo de 2020, folio 1, comparece don Ricardo Rabuco Ca as, abogado, domiciliado en Arlegui 1329, Vi a del Mar,ñ ñ en representaci n de ó Rodrigo Javier Arag n Julioó , quien viene en interpone demanda de prescripci n extintiva en contra de la ó I. Municipalidad de Vi a delñ Mar, representada por su alcaldesa Virginia Reginato Bozzo, todos ya individualizados, solicitando acogerla y declarar prescritas extintivamente las acciones para cobrar los permisos de circulaci n desde el a o 2002 hasta el a oó ñ ñ 2017, todos correlativos, o lo que el Tribunal determine, que afectan al veh culoí patente FX-5371-4, con costas. Explica que su representado es due o de la camioneta Chevrolet, a o 1956,ñ ñ modelo pick up, n mero de motor 0386775T56XF, chassis 028753, color rojo claro,ú patente e inscripci n FX.5371- 4.ó Indica que este veh culo obtuvo sus permisos de circulaci n en la I.í ó Municipalidad de Vi a del Mar y seg n el informe otorgado por el Departamentoñ ú de tr nsito de aquella, el ltimo permiso de circulaci n pagado fue en el a o 2001,á ú ó ñ por lo que se adeudan en consecuencia los permisos de circulaci n desde el a oó ñ 2002 a la fecha. Se ala que no obstante, la I. Municipalidad demandada no ejerci lasñ ó acciones de cobranza de esos permisos en el tiempo oportuno, las que se encuentran prescritas en el periodo que se dir .á Sostiene que en efecto, el art. 2521 del C digo Civil dice: ó "Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidadesñ provenientes de toda clase de impuestos". Se ala que el art culo 2514 del C digo Civil dice: ñ í ó "La prescripci n queó extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones". El inciso segundo agrega: "Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigibleó ". Expresa que en este caso, las acciones se hicieron exigibles desde el a oñ 2002 hasta el a o 2017, a adiendo que solo pueden pretender el pago de losñ ñ permisos que se encuentran dentro del plazo de los tres a os, como son los queñ datan del a o 2017, 2018, 2019 y 2020.ñ Sostiene que en consecuencia, las acciones para pretender el pago de los permisos de circulaci n que corresponden desde el a o 2002, a os correlativos hastaó ñ ñ el a o 2017, se encuentran prescritas y as se debe declarar.ñ í Refiere que el procedimiento que corresponde para este juicio es el establecido en el T tulo XIV del C digo de Procedimiento Civil.í ó De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en las normas legles citadas, solicita tener por interpuesta demanda en contra de la I. Municipalidad de Vi a delñ Mar, representada por do a Virginia Reginato Bozzo, ya individualizados, acogerlañ y declarar prescritas extintivamente las acciones para cobrar los permisos de circulaci n desde el a o 2002 hasta el a o 2017, todos correlativos, o lo que eló ñ ñ Tribunal diga, que afectan al veh culo pat

Fallo

se declara:ó ó - Que se acoge la demanda, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar, la demanda de prescripci n deducida con fecha 13 de marzo de 2020, yó se declara la prescripci n extintiva las acciones de cobro de la deuda por concepto deó permisos de circulaci n respecto del veh culo placa patenteó í FX.5371-4, por las anualidades que van desde el a o 2002 al 2017.ñ Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese si no se apelare.í ó í í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ En Vi a del Marñ , a veinticuatro de Diciembre de dos mil veinte , dejo constancia que se di cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digoó í ó de Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-12-24T09:59:53-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 22 .- veintidos .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1276-2020 CARATULADO : ARAG N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD VI AÓ Ñ DEL MAR Vi a del Marñ , veinticuatro de Diciembre de dos mil veinte Vistos: Con fecha 13 de marzo de 2020, folio 1, comparece don Ricardo Rabuco Ca as, abogado, domiciliado en Arlegui 1329, Vi a del Mar, en representaci n deñ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica