Juzgado de Garantía de la Serena.

JAVIERA VERONICA GAETE ASTUDILLO C/ DANILO MARCELO SALINAS CONTRERAS

Rol

O-1014-2023

Fecha

22 de diciembre de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439., ROBO DE VEHICULO MOTORIZADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, representado por un fiscal adjunto de esta ciudad, dedujo acusación en contra de DANILO MARCELO SALINAS CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 18.986.516-3, chileno, mayor de edad, nacido el 19 de Octubre de 1994, desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Dagoberto Carvajal N° 248, población Esperanza, comuna de Ovalle y en contra de EVER AMADIEL TAPIA TAPIA, cédula nacional de identidad No. 19.018.790-K, chileno, mayor de edad, soltero, nacido el 04 de Julio de 1995, desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Los Palomos N° 864, comuna de Ovalle, cada uno representado por un abogado de defensor penal público de esta ciudad, por la autoría que les atribuye en un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, ocurrido en esta comuna el día 25 de enero de 2023, pidiendo la imposición a cada uno de ellos, de una pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público se fundamenta en los siguientes hechos, que se reproducen literalmente de la exposición contenida en la acusación fiscal: “El día 25 de Enero de 2023, a las 16:40 horas aproximadamente, los acusados Danilo Marcelo Salinas Contreras y Ever Amadiel Tapia Tapia, actuando conjuntamente, mediante el forzamiento de la chapa de la puerta del conductor y posteriormente forzando el sistema de ignición, sustrajeron y se apropiaron desde el estacionamiento del supermercado Jumbo, ubicado en la parcela Vega Sur N° 69, en la comuna de La Serena, el vehículo marca Nissan, modelo V16, año 2005, Placa Patente Única UE.1550, de propiedad de la víctima doña Javiera Verónica Gaete Astudillo, el que se encontraba estacionado en dicho lugar. Conduciendo Danilo Salinas Contreras el vehículo sustraído con la intención de salir del estacionamiento, atropellando al guardia de seguridad Guido Joaquín Pizarro Espejo, quien intentó frustrar la acción apropiatoria de Danilo Salinas Contreras para que detuviera el vehículo, acelerando dicho automóvil, causándole lesiones consistentes en “esguince medial de rodilla izquierda, grado 2” de carácter menos graves, logrando darse a la fuga este acusado con el vehículo individualizado; mientras que paralelamente, en el mismo contexto situacional, Ever Código: KFXXXKRGFXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2300.125.052-3. RIT Nº: 1.014-2023. DELITO: Robo con violencia y de vehículo motorizado. SENTENCIADO: Danilo Marcelo Salinas Contreras y Ever

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a DANILO MARCELO SALINAS CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 18.986.516-3, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor de un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en la comuna de La Serena, el día veinticinco de enero del año dos mil veintitrés. II.- Que, SE CONDENA a EVER AMADIEL TAPIA TAPIA, cédula nacional de identidad No. 19.018.790-K, ya individualizado, a sufrir la pena de SEISCIENTOS DÍAS de presidio menor en su grado medio y a las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor de un delito de robo con fuerza de un vehículo motorizado que se encuentra en un sitio no destinado a la habitación, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 443 del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en la comuna de La Serena, el día veinticinco de enero del año dos mil veintitrés. III.- Que, conforme lo razonado en el motivo décimo quinto precedente, no se concederá al sentenciado Danilo Marcelo Salinas Contreras pena sustitutiva al cumplimiento alternativo de la privativa de libertad, establecidas e

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2300.125.052-3. RIT Nº: 1.014-2023. DELITO: Robo con violencia y de vehículo motorizado. SENTENCIADO: Danilo Marcelo Salinas Contreras y Ever Amadiel Tapia Tapia. La Serena, a veintidós de diciembre del año dos mil veintitrés. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Mini

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