2º Juzgado de Letras de Linares

OYANEDEL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1783-2020

Fecha

21 de diciembre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ VIVIANA VICTORIA OYANEDEL GUERRA, profesora, domiciliada en Los Coligues, S/N, sector Rabones, comuna de Linares, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de lasó acciones y derechos por derechos de patente comercial, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de° Linares. Refiere que seg n consta en certificado de estado de duda que adjunta, elú inmueble ubicado en Poblaci n Yerbas Buenas, pasaje Maitencillo, N 1530, Rol deó ° Aval o N 813-26ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2002 hasta el mes de noviembre de 2020, ambos inclusive, por un valor total de $ 404.213.- Se ala que se adeudan estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia,ñ ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo queí en su actual condici n le resulta imposible realizar, dado el alto costo de los mismosó C-1783-2020 Foja: 1 y la circunstancia de que la mora en el pago de dichos derechos se ha generado por una situaci n que ha escapado a su posibilidad de cumplir con dichos aranceles, todaó vez que no cuenta con una situaci n econ mica adecuada que le permita destinaró ó tan alta suma de dinero al pago de estos servicios, lo que en definitiva le imposibilita cumplir con el pago de la deuda antes mencionada. Agrega en cuanto a derecho, el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Las municipalidadesñ í º “ cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podr será á diferenciada seg n los criterios se alados en el art culo anterior, se cobrar por cadaú ñ í á vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicio se alado sobre la base de un c lculo queá ñ á considere exclusivamen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, con 27 de octubre de 2020, comparece do añ Viviana Victoria Oyanedel Guerra, presentando demanda de prescripci n de derechos deó aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y deá derecho que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 7, con fecha 9 de noviembre de 2020, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Estado de Deuda emitido por la I. Municipalidad de Linares respecto del inmueble rol 813-026 de Linares. 2.- Certificado de Aval o del inmueble ubicado de la comuna de Linares, rolú de aval o N 00813-00026 comuna de Linares.ú ° 3.- Copia de inscripci n de dominio de fojas 1412 vuelta, N 2329 del Registroó ° de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Linares del a o 2016.í ñ CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario del inmueble aludido, correspondiente a los periodos desde mes de abril de 2002 al mes de noviembre de 2020, ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento C-1783-2020 Foja: 1 (meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada a o), inici ndose desde esañ á poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad del acreedor necesario paraé la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 27 de octubre de 2020 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Oyanedel con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario Demandante Viviana Victoria Oyanedel Guerra C.I. 9.014.264-K Abogado Paulina del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Carolina Y ez G lvez áñ á C.I. 14.288.739-8 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 02 de diciembre de 2020 Linares, veintiuno de diciembre de dos mil veinte. VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ VIVIANA VICTORIA OYANEDEL GUERRA, profesora, domiciliada en Los Coligues, S/N, sector Rabones, comuna de Linares, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de lasó acciones y derechos por derechos de patente comercial, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de° Linares. Refiere que seg n consta en certificado de estado de duda que adjunta, elú inmueble ubicado en Poblaci n Yerbas Buenas, pasaje Maitencillo, N 1530, Rol deó ° Aval o N 813-26ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2002 hasta el mes de noviembre de 2020, ambos inclusive, por un valor total de $ 404.213.- Se ala que se adeudan estos pagos desde hace varios a os y en consecuencia,ñ ñ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos insolutos, lo

Texto Completo (Preview)

C-1783-2020 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1783-2020 CARATULADO : OYANEDEL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-1783-2020 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 27 de octubre de 2020 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Oyanedel con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario De

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