Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ HÉCTOR ORLANDO FIGUEROA FIGUEROA

Rol

O-559-2023

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en Sala integrada por las juezas señora Paulina Bossy Chaparro, que presidió, señora Rocío Castelló Cordero y juez señor Hernán González Muñoz, se llevó a efecto con fecha 13 de diciembre del actual, el juicio oral de la causa RIT Nº 559-2023, RUC Nº 2200203441-0, seguida en contra del acusado HÉCTOR ORLANDO FIGUEROA FIGUEROA, cédula de identidad N°16.792.696-7, 39 años, nacido el 19 de abril de 1985 en Rancagua, soltero, trabajador en obras civiles, domiciliado en pasaje Eduardo Alquinta Nº 0885, block G, departamento 33 de Rancagua. Sostuvo la acusación el fiscal del Ministerio Público don Lucio Ugas Machuca, la defensa a cargo del defensor penal privado don Germán Bertolone Carvallo, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que la acusación fiscal se fundó en los siguientes antecedentes: “Hecho 2: El día 24 de enero de 2023, aproximadamente a las 07.15 horas, personal de la Policía de Investigaciones, previa autorización judicial, ingresó al domicilio ubicado en Eduardo Alquinta 0885, Block G, Depto. 33, Rancagua, lugar en el cual se encontraba el imputado Héctor Orlando Figueroa Figueroa quien tenía en su posesión en distintas dependencias del inmueble, las siguientes especies: - una planta de cannabis en proceso de crecimiento con 120 centímetros de altura, - tres bolsas de nylon transparentes contenedoras de 80 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedoras de sustancia vegetal color verde, con olor y color similar a la marihuana que al aplicar las pruebas de campo respectivas arrojó coloración positiva ante la presencia de THC con un peso de 74,1 gramos; - dieciséis bolsas herméticas transparentes contenedoras de una sustancia en polvo cristalina que al aplicar las pruebas de campo respectivas arrojó coloración positiva ante la presencia de cocaína clorhidrato con un peso de 14,2 gramos, una balanza digital rectangular de color negro sin marca ni logo en el sector de la cocina, igualmente una balanza digital color blanco modelo sf400 y bajo esta, una bolsa de nylon color negro, contenedora de trece bolsas contenedoras de sustancia vegetal color verde que al aplicar las pruebas de campo respectivas arrojó coloración positiva ante la presencia de THC con un peso 830,3 gramos de dicha sustancia, - una bolsa de nylon transparente contenedora de una sustancia de color verde con olor y color similar a la marihuana con olor y color similar a la marihuana que al aplicar las pruebas de campo respectivas arrojó coloración positiva ante la presencia de THC con un peso total de 101,6 gramos, Código: XXBXXKWKJXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 - cinco bolsas de nylon trasparentes contenedoras de una sustancia vegetal con olor y color verde similar al cannabis con un peso de 5,3 gramos. Se encontró igualmente en este domicilio $295.000.- pesos en d

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a HÉCTOR ORLANDO FIGUEROA FIGUEROA, ya individualizado, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DIA (5 AÑOS 1 DÍA) de presidio mayor en su grado mínimo, multa de CUATRO unidades tributarias mensuales, así como a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de un delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3° con relación al artículo 1° de la Ley 20.000, por el hecho cometido el día 24 de enero de 2023, en la comuna de Rancagua. II.- Que se decreta el comiso de la droga incautada y se ordena su destrucción para el caso que aún no hubiere sido destruida. Asimismo, se decreta el comiso de la siguientes especies también incautadas: 1 balanza digital; dinero en efectivo de $ 295.000.- y $ 79.000 y de 8 cartuchos de escopeta calibre 12. III.- Que no se concede al sentenciado la sustitución de la pena impuesta por alguna de las penas sustitutivas de la Ley N° 18.216 por no cumplir con los requisitos legales para ello, por lo que deberá cumplir de manera efectiva la pena que se impone en esta sentencia. Le servirá de abono a la pena impuesta el tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad en forma ininterrumpida desde el 24 de enero de 2023 a la fecha de esta lectura de sentencia, un total de 328 días. Código: XXBXXKWKJXM

Texto Completo (Preview)

1 Rancagua, a dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en Sala integrada por las juezas señora Paulina Bossy Chaparro, que presidió, señora Rocío Castelló Cordero y juez señor Hernán González Muñoz, se llevó a efecto con fecha 13 de diciembre del actual, el juicio oral de la causa RIT Nº 559-2023, R

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